Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Las Illes Balears. Consejería De Economía, Hacienda E Innovación. (BOE-N-2025-449840)
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES (ATIB). Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimientos de notificación de incoación de expedientes sancionadores de tráfico (Remesa 150108).
313 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES (ATIB). Anuncio de notificación de
17 de junio de 2025 en procedimientos de notificación de incoación de expedientes
sancionadores de tráfico (Remesa 150108).
ID: N2500451513
Ayuntamientos ALARO, ALCUDIA, ALGAIDA, ANDRATX, ARTA, BANYALBUFAR,
BINISSALEM, BUGER, BUNYOLA, CAMPANET, CAMPOS, CAPDEPERA, CONSELL,
COSTITX, DEIA, ESCORCA, ESPORLES, ESTELLENCS, FELANITX, FORNALUTX,
LLOSETA, LLUBI, LLUCMAJOR, MANCOR DE LA VALL, MARIA DE LA SALUT, MURO,
PETRA, POLLENÇA, PORRERES, SA POBLA, SANT ANTONI DE PORTMANY,
SENCELLES, SANT JOAN, SANT LLORENÇ DES CARDASSAR, SANTA EUGENIA,
SANTA MARGALIDA, SANTA MARIA DEL CAMI, SANTANYI, SELVA, SES SALINES,
SINEU, SOLLER, SON SERVERA, VALLDEMOSSA, VILAFRANCA DE BONANY,
ARIANY y Consell Insular de FORMENTERA
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.3 y 91 del texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (LSV), se hace pública la notificación de la
incoación de los expedientes sancionadores en materia de tráfico a las personas físicas
o jurídicas que se relacionan a continuación por no haberse podido practicar la
notificación personal.
Transcurrido el plazo de 20 días naturales desde la publicación del edicto la
notificación se tendrá por practicada, dándose por cumplido este trámite. A estos efectos
se hace constar lo siguiente:
1. Si es el conductor del vehículo responsable de la infracción, en el plazo de 20 días
naturales, contados desde el día siguiente al de la finalización de la publicación del
edicto, podrá:
a) Realizar el pago voluntario de la multa con una reducción del 50% de su importe.
El abono anticipado con reducción (que no será aplicable a las infracciones previstas en
el artículo 77. h), j), n), ñ), o), p), q) y r) de la LSV) implica: la renuncia a formular
alegaciones; la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución
expresa, el día en que se realice el pago; el agotamiento de la vía administrativa y la
firmeza de la sanción siendo recurrible únicamente ante los juzgados de lo contencioso
administrativo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al pago.
Para efectuar el pago puede contactar con cualquier oficina de recaudación de la
Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), a la que se le han encomendado la gestión
recaudatoria de las multas (puede consultar los datos de las oficinas de recaudación en
la web www.atib.es / Tributos locales / Oficinas de recaudación). Si dispone de código de
contribuyente, DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve puede hacer el pago a través
del Cartero Virtual o la Carpeta fiscal en la sede electrónica de la ATIB a la que puede
acceder en la web www.atib.es.
cve: BOE-N-2025-0805dcc642f770235923a74c5fc7dba5a472b25a
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES (ATIB). Anuncio de notificación de
17 de junio de 2025 en procedimientos de notificación de incoación de expedientes
sancionadores de tráfico (Remesa 150108).
ID: N2500451513
Ayuntamientos ALARO, ALCUDIA, ALGAIDA, ANDRATX, ARTA, BANYALBUFAR,
BINISSALEM, BUGER, BUNYOLA, CAMPANET, CAMPOS, CAPDEPERA, CONSELL,
COSTITX, DEIA, ESCORCA, ESPORLES, ESTELLENCS, FELANITX, FORNALUTX,
LLOSETA, LLUBI, LLUCMAJOR, MANCOR DE LA VALL, MARIA DE LA SALUT, MURO,
PETRA, POLLENÇA, PORRERES, SA POBLA, SANT ANTONI DE PORTMANY,
SENCELLES, SANT JOAN, SANT LLORENÇ DES CARDASSAR, SANTA EUGENIA,
SANTA MARGALIDA, SANTA MARIA DEL CAMI, SANTANYI, SELVA, SES SALINES,
SINEU, SOLLER, SON SERVERA, VALLDEMOSSA, VILAFRANCA DE BONANY,
ARIANY y Consell Insular de FORMENTERA
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.3 y 91 del texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (LSV), se hace pública la notificación de la
incoación de los expedientes sancionadores en materia de tráfico a las personas físicas
o jurídicas que se relacionan a continuación por no haberse podido practicar la
notificación personal.
Transcurrido el plazo de 20 días naturales desde la publicación del edicto la
notificación se tendrá por practicada, dándose por cumplido este trámite. A estos efectos
se hace constar lo siguiente:
1. Si es el conductor del vehículo responsable de la infracción, en el plazo de 20 días
naturales, contados desde el día siguiente al de la finalización de la publicación del
edicto, podrá:
a) Realizar el pago voluntario de la multa con una reducción del 50% de su importe.
El abono anticipado con reducción (que no será aplicable a las infracciones previstas en
el artículo 77. h), j), n), ñ), o), p), q) y r) de la LSV) implica: la renuncia a formular
alegaciones; la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución
expresa, el día en que se realice el pago; el agotamiento de la vía administrativa y la
firmeza de la sanción siendo recurrible únicamente ante los juzgados de lo contencioso
administrativo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al pago.
Para efectuar el pago puede contactar con cualquier oficina de recaudación de la
Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), a la que se le han encomendado la gestión
recaudatoria de las multas (puede consultar los datos de las oficinas de recaudación en
la web www.atib.es / Tributos locales / Oficinas de recaudación). Si dispone de código de
contribuyente, DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve puede hacer el pago a través
del Cartero Virtual o la Carpeta fiscal en la sede electrónica de la ATIB a la que puede
acceder en la web www.atib.es.
cve: BOE-N-2025-0805dcc642f770235923a74c5fc7dba5a472b25a
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150