Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Las Illes Balears. Consejería De Economía, Hacienda E Innovación. (BOE-N-2025-449832)
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES (ATIB). Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimientos Anuncio de notificación de incoación de procedimientos sancionadores de tráfico (Remesa 150119).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES (ATIB). Anuncio de notificación de
17 de junio de 2025 en procedimientos Anuncio de notificación de incoación de
procedimientos sancionadores de tráfico (Remesa 150119).
ID: N2500451520
Ayuntamientos ALCUDIA, ARTA, CAMPOS, CAPDEPERA, CONSELL, COSTITX,
FELANITX, LLOSETA, LLUCMAJOR, POLLENÇA, SANT ANTONI DE PORTMANY,
SANT LLORENÇ DES CARDASSAR, SELVA, SOLLER, SON SERVERA,
VALLDEMOSSA, ARIANY y Consell Insular de FORMENTERA
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.3 y 91 del texto articulado de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (LSV), en relación con el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública,
por medio del presente anuncio, la notificación de la incoación de los procedimientos
sancionadores en materia de tráfico a las personas físicas o jurídicas que se relacionan a
continuación por no haberse podido practicar la notificación personal.
A estos efectos se hace constar que, como persona titular del vehículo, tiene la
obligación de identificar verazmente, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el
día siguiente a esta notificación, al conductor del vehículo responsable en el momento de
cometerse la infracción.
La identificación la puede hacer mediante escrito dirigido a las oficinas de
recaudación de la de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (se pueden consultar los
datos de las oficinas de recaudación en la web www.atib.es ) Tributos locales ) Oficinas
de recaudación) o por vía electrónica a través del registro electrónico al que puede
acceder en la web www.atib.es ) Registro electrónico de documentos –organismo
destinatario: Agencia Tributaria Islas Baleares–).
Se advierte que si no se procediera a identificar al conductor en el plazo indicado, se
incoará un procedimiento sancionador ordinario contra la persona titular del vehículo
como autor de una infracción muy grave que puede suponer una multa de hasta el triple
de la multa originaria (artículos 77 j) y 80.2 b) de la LSV).
__________________________________________________
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA A 17/06/2025
EL INSTRUCTOR SALVADOR ARGENTE BELMONTE
Municipio: ALCUDIA
cve: BOE-N-2025-53bc5423c93022f7036a5d23a251fa4b055f3e2a
Verificable en https://www.boe.es
Para ello, ha de facilitar el nombre y apellidos, DNI, dirección y el número del permiso
o licencia de conducción del conductor o copia de la autorización administrativa que le
habilite para conducir en España, o, en el caso de empresas de alquiler sin conductor,
una copia del contrato de arrendamiento (artículos 11 y 93.1 de la LSV).
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ISLAS BALEARES (ATIB). Anuncio de notificación de
17 de junio de 2025 en procedimientos Anuncio de notificación de incoación de
procedimientos sancionadores de tráfico (Remesa 150119).
ID: N2500451520
Ayuntamientos ALCUDIA, ARTA, CAMPOS, CAPDEPERA, CONSELL, COSTITX,
FELANITX, LLOSETA, LLUCMAJOR, POLLENÇA, SANT ANTONI DE PORTMANY,
SANT LLORENÇ DES CARDASSAR, SELVA, SOLLER, SON SERVERA,
VALLDEMOSSA, ARIANY y Consell Insular de FORMENTERA
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.3 y 91 del texto articulado de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (LSV), en relación con el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública,
por medio del presente anuncio, la notificación de la incoación de los procedimientos
sancionadores en materia de tráfico a las personas físicas o jurídicas que se relacionan a
continuación por no haberse podido practicar la notificación personal.
A estos efectos se hace constar que, como persona titular del vehículo, tiene la
obligación de identificar verazmente, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el
día siguiente a esta notificación, al conductor del vehículo responsable en el momento de
cometerse la infracción.
La identificación la puede hacer mediante escrito dirigido a las oficinas de
recaudación de la de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (se pueden consultar los
datos de las oficinas de recaudación en la web www.atib.es ) Tributos locales ) Oficinas
de recaudación) o por vía electrónica a través del registro electrónico al que puede
acceder en la web www.atib.es ) Registro electrónico de documentos –organismo
destinatario: Agencia Tributaria Islas Baleares–).
Se advierte que si no se procediera a identificar al conductor en el plazo indicado, se
incoará un procedimiento sancionador ordinario contra la persona titular del vehículo
como autor de una infracción muy grave que puede suponer una multa de hasta el triple
de la multa originaria (artículos 77 j) y 80.2 b) de la LSV).
__________________________________________________
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA A 17/06/2025
EL INSTRUCTOR SALVADOR ARGENTE BELMONTE
Municipio: ALCUDIA
cve: BOE-N-2025-53bc5423c93022f7036a5d23a251fa4b055f3e2a
Verificable en https://www.boe.es
Para ello, ha de facilitar el nombre y apellidos, DNI, dirección y el número del permiso
o licencia de conducción del conductor o copia de la autorización administrativa que le
habilite para conducir en España, o, en el caso de empresas de alquiler sin conductor,
una copia del contrato de arrendamiento (artículos 11 y 93.1 de la LSV).