Administración Local. Málaga. Diputación Provincial De Málaga. (BOE-N-2025-450638)
AGENCIA PÚBLICA DE SERVICIOS ECONÓMICOS PROVINCIALES DE MÁLAGA (PATRONATO DE RECAUDACIÓN PROVINCIAL). Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento sancionador de tráfico de resoluciones sancionadoras de los ayuntamientos que se indican.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MÁLAGA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
AGENCIA PÚBLICA DE SERVICIOS ECONÓMICOS PROVINCIALES DE MÁLAGA
(PATRONATO DE RECAUDACIÓN PROVINCIAL). Anuncio de notificación de 19 de
junio de 2025 en procedimiento sancionador de tráfico de resoluciones sancionadoras de
los ayuntamientos que se indican.
ID: N2500456518

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 90, 91 y 92 del texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV), aprobado por
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, 31/10/2015), en relación
con lo igualmente previsto para esta materia por los arts. 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre (LPAC-AP) (BOE nº 236, 2/10/2015); en uso de las facultades que tiene
atribuidas por delegación del correspondiente Ayuntamiento, se hace pública la
notificación de las RESOLUCIONES SANCIONADORAS recaídas en los expedientes
sancionadores en materia de Tráfico que se indican, instruidos por la Unidad de Gestión
de Multas del Patronato de Recaudación Provincial (PRP) de Málaga, y sancionados por
la autoridad competente del Ayuntamiento (Alcalde/sa o Concejal/a Delegado/a) según lo
dispuesto en el art. 84 LSV en relación con lo establecido en los arts. 88 y 90 LPAC-AP, a
las personas o entidades que a continuación se relacionan, como interesados en los
mismos, por haber resultado infructuosa la notificación.
De acuerdo con lo expresamente establecido por los arts. 91 y 92 LSV, en relación
con lo dispuesto por el art. 44 LPAC-AP; este anuncio se mantendrá expuesto en el
tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado (TEU), así como en el tablón de
Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA) durante un período de veinte días naturales,
transcurrido el cual, se entenderá que la correspondiente notificación ha sido practicada,
dándose por cumplido dicho trámite.
Dado que la notificación referida no se publica en su integridad, conforme a los arts.
45.2 y 46 LPAC-AP, la misma se encuentra a disposición de los interesados, en la
Unidad de Gestión de Multas PRP instructora del procedimiento junto con el resto de la
documentación correspondiente al expediente indicado.
La multa impuesta deberá hacerse efectiva en su importe pendiente de pago, dentro
de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a haber sido practicada la presente
notificación. Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado el pago de la multa, el cobro
se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, en el que la deuda se verá
incrementada con el recargo de apremio del 20% de su importe, según lo dispuesto en el
art. 110 de la LSV.
Contra la presente resolución, que pone fin vía administrativa, podrá interponer,
conforme art 96 LSV y 52 de la Ley 7/1985, 2 abril, RECURSO DE REPOSICIÓN, con
carácter potestativo ante la autoridad competente del Ayuntamiento (Alcalde/sa o
Concejal/a Delegado/a), en el plazo de UN MES, contado a partir día siguiente de
entenderse practicada la notificación.

cve: BOE-N-2025-d7a9360d4132e3c819c8f9e258e91c1191cbfdad
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 150