Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-449299)
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Imponer sanción.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 16 de junio de
2025 en procedimiento Imponer sanción.
ID: N2500447157

Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal (intento infructuoso de la
notificación) a A.A., con N.I.E. X6656102V, titular de la actividad de BAR denominado
DONER KEBAB, sito en C/Antonio Sangenis, 12, y, de conformidad con lo dispuesto en
el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
por medio del presente se le pone de manifiesto que, en relación con el expediente
número 42046/2024, que podrá ser consultado en la Gerencia de Urbanismo, Servicio de
Disciplina Urbanística, sita en Vía Hispanidad número 20, 1ª planta, “Edificio El
Seminario” Zaragoza,
El Consejo de Gerencia, en virtud de la delegación de atribuciones realizada
mediante Acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 17 de febrero de 2009, ratificado
por el Gobierno de Zaragoza el 22 de Diciembre de 2017 y Decreto de Alcaldía de 18 de
septiembre de 2023, en fecha 14 de abril de 2025 resolvió lo siguiente:
PRIMERO.- Imponer a A.A., con N.I.E. X6656102V, en calidad de titular de la
actividad de Bar denominada DONER KEBAB, sito en calle Antonio Sangenis, 12, la
sanción 720,00 €, al implicar los hechos denunciados la comisión de infracción GRAVE
consistente en el incumplimiento del horario de apertura y cierre del establecimiento,
tipificada en el art. 48 apartado J de la Ley 11/2005 de 28 de diciembre, reguladora de
los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la
Comunidad Autónoma de Aragón. En la licencia que habilita el ejercicio de su actividad
se establece expresamente que dispondrá de un horario de 8 a 22 horas.
Por Policía Local se ha formulado denuncia en fecha 31 de marzo de 2024 a las 0:40
h. constatando el incumplimiento por horarios.
Las denuncias de la Policía Local gozan de presunción de veracidad tal como se
establece, en general para todo tipo de denuncias, en los artículos 53 b) y 77 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y 11.5 del Decreto
28/2001, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento
de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad
Autónoma de Aragón, y en particular para las denuncias por incumplimiento del horario
de apertura y cierre de los establecimientos públicos, en el artículo 39.1 de la Ley
11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades
recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, artículos
todos ellos en relación con el 10. 2 (párrafo segundo) de la Ley 8/2013, de 12 de
septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón. Dicha presunción de
veracidad encuentra su fundamento en el hecho de que las denuncias de los agentes de
la autoridad describen hechos constatados directamente por aquellos y, aunque se trata
de una presunción ‘iuris tantum’ y por ello susceptible de prueba en contrario, la parte
denunciada no ha aportado tal prueba que desvirtúe esa presunción de veracidad que
acompaña a las denuncias de la Policía Local.

cve: BOE-N-2025-bc48738bfff8f44643eb853728c32d2b27ef8fc4
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 149