Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Mula. (BOE-N-2025-449282)
Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores de denuncia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Sábado 21 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

Una vez realizado el pago voluntario de la sanción dentro del plazo de quince días
contados desde el día siguiente al de su notificación, se tendrá por concluido el
procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:
- La reducción del 50% del importe de la sanción.
- La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se
tendrán por no presentadas.
- La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día
en que se realice el pago, siendo recurrible la sanción únicamente ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
De no abonar la sanción con la reducción del 50% ni formular alegaciones en el
plazo indicado, este Acuerdo de Inicio será considerado a todos los efectos como
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN (Art. 64.2-f, de la Ley 39/2015), por lo que se procederá
a dictar la resolución correspondiente.
La resolución sancionadora dictada por el Órgano competente pone fin al
procedimiento administrativo.

Protección de datos: De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre protección de datos de
carácter personal, le informamos que los datos de carácter personal serán incluidos en
las correspondientes actividades de tratamiento de datos personales del Ayuntamiento
de Mula con la finalidades específica de cada tratamiento. Los datos podrán ser cedidos
a Administraciones o Entes Públicos que lo requieran en uso de sus competencias y en
los supuestos legalmente establecidos. A este respecto, las personas interesadas
podrán ejercer los derechos de: acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad,
limitación de tratamiento, cancelación u oposición. Puede encontrar toda la información
sobre protección de datos, sus derechos, contacto, y el delegado de protección de datos
en https://mula.es/web/proteccion-de-datos/
EXPEDIENTE

DNI/NIE

ARTÍCULO *

IMPORTE ACUERDO INICIO

SANC/0158/2025 49171856H MULA

OCSC, ART 28 12

90

16-06-2025

SANC/0159/2025 58485987T MULA

OCSC, ART 28 12

90

16-06-2025

SANC/0160/2025 49171858H MULA

LO 4/15, ART 37 04 100

16-06-2025

SANC/0161/2025 58485987T MULA

LO 4/15, ART 37 04 100

16-06-2025

SANC/0162/2025 54564353G MULA

LO 4/15, ART 36 06 601

16-06-2025

SANC/0163/2025 49176012B MULA

LO 4/15, ART 36 03 601

16-06-2025

SANC/0164/2025 27464286D MULA

OVBA, ART 16 02 B 3005,06

16-06-2025

LO 4/15, ART 36 06 601

16-06-2025

SANC/0167/2025 48748045M ALBUDEITE

OCSC, ART 28 16

90

16-06-2025

SANC/0168/2025 48706623Y MULA

OCTD, ART 9 2

751

16-06-2025

SANC/0165/2025 49793422D

MUNICIPIO

LOS DOLORES DE
MURCIA

cve: BOE-N-2025-0f5ca6b19e72d937804cd9bd6984d6fb89ededda
Verificable en https://www.boe.es

El importe de la sanción impuesta, deberá hacerse efectiva en periodo de pago
voluntario, sin derecho a reducción en el importe, o, por vía de apremio, devengando el
interés de demora, en su caso. Dicha resolución podrá ser recurrida en reposición ante el
mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes o, directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso- Administrativo de Murcia o ante el Juzgado en cuya circunscripción tenga
el interesado su domicilio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su
publicación en el plazo de dos meses. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar otro
recurso o acción que estime pertinente.