Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-449239)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Resolución de finalización del procedimiento sancionador iniciado por infracción de las disposiciones de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores de Sant Cugat del Vallès" EXPEDIENTE 2129/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Resolución de
finalización del procedimiento sancionador iniciado por infracción de las disposiciones de
la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores de Sant Cugat del Vallès"
EXPEDIENTE 2129/2025.
ID: N2500448254
ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución 1745/2025de fecha10
d’abril de 2025 de “Resolución de finalización del procedimiento sancionador iniciado por
infracción de las disposiciones de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y
olores de Sant Cugat del Vallès”, previa adaptación de los datos de carácter personal
que esta contiene a lo que establece la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos, para su notificación vía publicación a
la persona con documento de identidad número 46626468V
“Os notifico la resolución número 1745/2025, de fecha 10 de abril de 2025, que en su
parte oportuna dice el siguiente:
“Resolución de finalización del procedimiento sancionador iniciado por infracción de
las disposiciones de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores de Sant
Cugat del Vallès”
El artículo 4.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local (LRBRL)y el arte. 8.1 f) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se
aprueba la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, regulan la potestad
sancionadora correspondiente a los entes locales de Cataluña (LMRLC).El Capítol V de
la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores (OMSVO), publicada al Boletín
Oficial de la Provincia de Barcelona el 08/06/2018, establece el régimen sancionador en
materia de ruidos, vibraciones y olores
El Capítulo V de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores
(OMSVO), publicada al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 08/06/2018,
establece el régimen sancionador en materia de ruidos, vibraciones y olores
Los procedimientos sancionadores se tienen que ajustar al que prevén la Ley
26/2010, de 3 de agosto de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones
públicas de Cataluña (LPACAPC); la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento
administrativo común de las Administraciones públicas (LPACAP), la ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen jurídico de sector público (LRJSP), y el Decreto 278/1993, de 9
de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de
competencia de la Generalitat de Cataluña (DPSAACGC)en todo aquello que no
contradiga con la normativa mencionada.
Por resolución número 574/2025 de fecha 14/02/2025 se inicia procedimiento
sancionador contra (NIF: 46626468V) como presunto responsable de la infracción de las
cve: BOE-N-2025-e9bf01e71a1771f1373d4e6322dcdd09c6fa2936
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Resolución de
finalización del procedimiento sancionador iniciado por infracción de las disposiciones de
la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores de Sant Cugat del Vallès"
EXPEDIENTE 2129/2025.
ID: N2500448254
ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución 1745/2025de fecha10
d’abril de 2025 de “Resolución de finalización del procedimiento sancionador iniciado por
infracción de las disposiciones de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y
olores de Sant Cugat del Vallès”, previa adaptación de los datos de carácter personal
que esta contiene a lo que establece la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos, para su notificación vía publicación a
la persona con documento de identidad número 46626468V
“Os notifico la resolución número 1745/2025, de fecha 10 de abril de 2025, que en su
parte oportuna dice el siguiente:
“Resolución de finalización del procedimiento sancionador iniciado por infracción de
las disposiciones de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores de Sant
Cugat del Vallès”
El artículo 4.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local (LRBRL)y el arte. 8.1 f) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se
aprueba la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, regulan la potestad
sancionadora correspondiente a los entes locales de Cataluña (LMRLC).El Capítol V de
la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores (OMSVO), publicada al Boletín
Oficial de la Provincia de Barcelona el 08/06/2018, establece el régimen sancionador en
materia de ruidos, vibraciones y olores
El Capítulo V de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores
(OMSVO), publicada al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 08/06/2018,
establece el régimen sancionador en materia de ruidos, vibraciones y olores
Los procedimientos sancionadores se tienen que ajustar al que prevén la Ley
26/2010, de 3 de agosto de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones
públicas de Cataluña (LPACAPC); la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento
administrativo común de las Administraciones públicas (LPACAP), la ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen jurídico de sector público (LRJSP), y el Decreto 278/1993, de 9
de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de
competencia de la Generalitat de Cataluña (DPSAACGC)en todo aquello que no
contradiga con la normativa mencionada.
Por resolución número 574/2025 de fecha 14/02/2025 se inicia procedimiento
sancionador contra (NIF: 46626468V) como presunto responsable de la infracción de las
cve: BOE-N-2025-e9bf01e71a1771f1373d4e6322dcdd09c6fa2936
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 149