Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-449238)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Incoación del procedimiento sancionador por infracciones de la ordenanza municipal de convivencia ciudadana reguladora de los usos de las vías y de los espacios públicos. EXPEDIENTE 9068/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Incoación del
procedimiento sancionador por infracciones de la ordenanza municipal de convivencia
ciudadana reguladora de los usos de las vías y de los espacios públicos. EXPEDIENTE
9068/2025.
ID: N2500448253
ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución 1499/2025, de fecha
31 de marzo de 2025 “Incoación del procedimiento sancionador por infracciones de la
ordenanza municipal de convivencia ciudadana reguladora de los usos de las vías y de
los espacios públicos” previa adaptación de los datos de carácter personal que esta
contiene a lo que establece la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de datos, para su notificación vía publicación a la
persona con documento de identidad número 54925361G:
“Le notifico la resolución número 1499/2025, de fecha 31 de marzo de 2025, que en
su parte oportuna dice lo siguiente
“Incoación del procedimiento sancionador por infracciones de la ordenanza municipal
de convivencia ciudadana reguladora de los usos de las vías y de los espacios públicos.
El artículo 4.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local (LRBRL)y el arte. 8.1 f) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se
aprueba la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, regulan la potestad
sancionadora correspondiente a los entes locales de Cataluña (LMRLC).
El artículo 139 de laLBRLdetermina la potestad de los entes locales de establecer los
tipos de infracción y sanciones a imponer por los incumplimientos de los deberes,
prohibiciones o limitaciones contenidos en las ordenanzas en materia de ordenación de
las relaciones de convivencia de interés local y del uso de sus servicios, equipaciones,
infraestructuras, instalaciones y espacios públicos.
En el Título IV de la Ordenanza municipal de convivencia ciudadana reguladora de
los usos de las vías y espacios públicos (OCC)se regula el régimen sancionador en
materia de convivencia ciudadana y usos de los espacios públicos.
En el anexo a la resolución se relacionan las denuncias policiales que han sido
emitidas por infracción de los preceptos delOCCy que dan lugar al inicio e instrucción del
procedimiento sancionador. Para las conductas denunciadas, y sin perjuicio de aquello
que resulte de la instrucción de los procedimientos, pueden corresponderse las
sanciones que se expresan en la mencionada relación anexa, de acuerdo con las
previsiones de la Ordenanza en cuanto a la tipificación y calificación de las infracciones y
tipos y graduación de las sanciones.
cve: BOE-N-2025-c4466eae960c6c5abeed7caaaac73b6c8330d728
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Incoación del
procedimiento sancionador por infracciones de la ordenanza municipal de convivencia
ciudadana reguladora de los usos de las vías y de los espacios públicos. EXPEDIENTE
9068/2025.
ID: N2500448253
ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución 1499/2025, de fecha
31 de marzo de 2025 “Incoación del procedimiento sancionador por infracciones de la
ordenanza municipal de convivencia ciudadana reguladora de los usos de las vías y de
los espacios públicos” previa adaptación de los datos de carácter personal que esta
contiene a lo que establece la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de datos, para su notificación vía publicación a la
persona con documento de identidad número 54925361G:
“Le notifico la resolución número 1499/2025, de fecha 31 de marzo de 2025, que en
su parte oportuna dice lo siguiente
“Incoación del procedimiento sancionador por infracciones de la ordenanza municipal
de convivencia ciudadana reguladora de los usos de las vías y de los espacios públicos.
El artículo 4.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local (LRBRL)y el arte. 8.1 f) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se
aprueba la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, regulan la potestad
sancionadora correspondiente a los entes locales de Cataluña (LMRLC).
El artículo 139 de laLBRLdetermina la potestad de los entes locales de establecer los
tipos de infracción y sanciones a imponer por los incumplimientos de los deberes,
prohibiciones o limitaciones contenidos en las ordenanzas en materia de ordenación de
las relaciones de convivencia de interés local y del uso de sus servicios, equipaciones,
infraestructuras, instalaciones y espacios públicos.
En el Título IV de la Ordenanza municipal de convivencia ciudadana reguladora de
los usos de las vías y espacios públicos (OCC)se regula el régimen sancionador en
materia de convivencia ciudadana y usos de los espacios públicos.
En el anexo a la resolución se relacionan las denuncias policiales que han sido
emitidas por infracción de los preceptos delOCCy que dan lugar al inicio e instrucción del
procedimiento sancionador. Para las conductas denunciadas, y sin perjuicio de aquello
que resulte de la instrucción de los procedimientos, pueden corresponderse las
sanciones que se expresan en la mencionada relación anexa, de acuerdo con las
previsiones de la Ordenanza en cuanto a la tipificación y calificación de las infracciones y
tipos y graduación de las sanciones.
cve: BOE-N-2025-c4466eae960c6c5abeed7caaaac73b6c8330d728
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 149