Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De San Martín Del Tesorillo. (BOE-N-2025-449251)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio padrón municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÁDIZ
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DEL TESORILLO
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio padrón
municipal.
ID: N2500447072
No habiéndose podido practicar la notificación personal de la Resolución de Alcaldía
n.º 2025-577 de fecha 11/06/2025, en relación con la baja de oficio en el padrón
municipal por inscripción indebida de las personas abajo indicadas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el
presente anuncio, se hace pública dicha resolución:
De acuerdo con el artículo 46 de la citada Ley 39/2015, con el fin de evitar la lesión
de derechos o intereses legítimos,
Al resultar imposible la notificación, la citada Resolución se notificará exponiendo la
misma en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, así como insertando anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, al objeto de que los interesados, en el plazo de 15 días, bien
puedan alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones considere oportunas
para acreditar su correcta inscripción en el Padrón Municipal del Ayuntamiento de San
Martín del Tesorillo, o bien proceda a regularizar su situación padronal, comunicando a
este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencial.
Trascurrido dicho plazo sin que realicen actuación alguna en cualquiera de los dos
sentidos indicados, se procederá, de una parte, a tramitar su baja en el Padrón de
Habitantes de este municipio, con las consecuencias que ello conlleva, y de otra parte, a
realizar las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de la
aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 107 del antes citado
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
X8380779Q
X8380755S
Con esta publicación se consideran notificados los interesados en el procedimiento
objeto de la misma, a los efectos establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-N-2025-15133ba55bdfb352d20b0015e062d01f6f35d907
Verificable en https://www.boe.es
Teniendo conocimiento de que las personas que a continuación se relacionan figuran
indebidamente inscritas en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de San
Martín del Tesorillo por no residir habitualmente en el domicilio en que figuran
empadronadas, incumpliendo así lo establecido en los artículos 57 y 68 del Reglamento
de población y Demarcación Territorial de las entidades Locales, por Resolución de la
Alcadía, se ha resuelto proceder a la incoacción de oficio de expediente mediante el cual
se declare su situación de baja por inscripción indebida en el Padrón de este municipio,
en virtud de la Resolución de 29 de abril de 2020 de la Presidencia del Instituto Nacional
de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica.
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÁDIZ
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DEL TESORILLO
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio padrón
municipal.
ID: N2500447072
No habiéndose podido practicar la notificación personal de la Resolución de Alcaldía
n.º 2025-577 de fecha 11/06/2025, en relación con la baja de oficio en el padrón
municipal por inscripción indebida de las personas abajo indicadas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el
presente anuncio, se hace pública dicha resolución:
De acuerdo con el artículo 46 de la citada Ley 39/2015, con el fin de evitar la lesión
de derechos o intereses legítimos,
Al resultar imposible la notificación, la citada Resolución se notificará exponiendo la
misma en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, así como insertando anuncio en el
“Boletín Oficial del Estado”, al objeto de que los interesados, en el plazo de 15 días, bien
puedan alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones considere oportunas
para acreditar su correcta inscripción en el Padrón Municipal del Ayuntamiento de San
Martín del Tesorillo, o bien proceda a regularizar su situación padronal, comunicando a
este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual residencial.
Trascurrido dicho plazo sin que realicen actuación alguna en cualquiera de los dos
sentidos indicados, se procederá, de una parte, a tramitar su baja en el Padrón de
Habitantes de este municipio, con las consecuencias que ello conlleva, y de otra parte, a
realizar las actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de la
aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 107 del antes citado
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
X8380779Q
X8380755S
Con esta publicación se consideran notificados los interesados en el procedimiento
objeto de la misma, a los efectos establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-N-2025-15133ba55bdfb352d20b0015e062d01f6f35d907
Verificable en https://www.boe.es
Teniendo conocimiento de que las personas que a continuación se relacionan figuran
indebidamente inscritas en el padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de San
Martín del Tesorillo por no residir habitualmente en el domicilio en que figuran
empadronadas, incumpliendo así lo establecido en los artículos 57 y 68 del Reglamento
de población y Demarcación Territorial de las entidades Locales, por Resolución de la
Alcadía, se ha resuelto proceder a la incoacción de oficio de expediente mediante el cual
se declare su situación de baja por inscripción indebida en el Padrón de este municipio,
en virtud de la Resolución de 29 de abril de 2020 de la Presidencia del Instituto Nacional
de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica.