Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Agudo. (BOE-N-2025-449256)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio por inclusión indebida del padrón municipal de habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Sábado 21 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE AGUDO
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio por
inclusión indebida del padrón municipal de habitantes.
No habiendo sido posible realizar la notificación al siguiente interesado, o a sus
representantes, por causa no imputable al Ayuntamiento, se practica la siguiente
notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. D.
Americo Jose Molinero De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Reglamento
de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 1690/1986, de 11 de julio, se le notifica que se ha incoado expediente para
proceder a su baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio, al
haberse apreciado que no vive habitualmente en este término municipal y figura inscrito
en el mismo. Efectuadas las investigaciones oportunas para proceder a la verificación de
este hecho, se le otorga trámite de audiencia para que en el plazo de 15 días
comparezca, examine el expediente si lo desea y alegue lo que estime oportuno. Si
manifiesta de forma expresa su conformidad con la baja, se procederá a la misma. Junto
con la misma deberá comunicará el municipio o país en el que vive habitualmente y la
solicitud por escrito el alta en el Padrón municipal correspondiente o, en el caso de ser
un ciudadano español que no viva habitualmente en España, en el Padrón de españoles
residentes en el extranjero. Dicha solicitud será tramitada directamente por este
Ayuntamiento. En caso de tratarse de ciudadanos extranjeros que manifiesten vivir
habitualmente en otro país, se dará de baja por cambio de residencia sin más trámite. En
el supuesto de no estar de acuerdo con la baja de oficio en el Padrón Municipal de
Habitantes de este Municipio, de conformidad con la Resolución de 17 de febrero de
2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, publicada por la Resolución de 29
de abril de 2020, de la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática, deberá presentar las justificaciones que estime pertinentes al
objeto de acreditar que reside en el municipio la mayor parte del año.
Agudo, 10 de junio de 2025.- LA SECRETARIA ACCTAL., Dª Mª Teresa Marín
Cerrillo

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