Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Extremadura. Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. (BOE-N-2025-442792)
UNIDAD DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE CÁCERES. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento sancionador del orden social. EXPEDIENTE 10/0327/24.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
UNIDAD DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE CÁCERES. Anuncio de
notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento sancionador del orden social.
EXPEDIENTE 10/0327/24.
ID: N2500446986
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Directora General de Trabajo de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, de conformidad con el
artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 112.1 y 121 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
la notificación, según lo dispuesto en el artículo 122.1, en relación con el 30, ambos de la
citada Ley 39/2015, sin perjuicio de que puede ejercitar, en su caso, cualquier otro que
se estime procedente. Transcurrido el plazo citado sin interponer el mencionado recurso
la referida Resolución adquirirá el carácter de firme, y por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Junta de Extremadura se le comunicará la forma, lugar y
plazos de pago del importe de la sanción impuesta, en período voluntario, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 4 del Decreto 67/1994, de 17 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de recaudación de multas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En
caso de impago en período voluntario, se le requerirá por la propia Consejería de
Hacienda y Administración Pública para el pago en vía ejecutiva de apremio, con el
correspondiente recargo e intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 6.3 del Decreto 67/1994, ya citado.
El correspondiente expediente se encuentra disponible en la Unidad de Mediación,
Arbitraje y Conciliación de Cáceres de la Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital sita en la C/ Hilanderas, 15, Polígono Las Capellanías de
Cáceres.
Nº Expte
NIF/CIF
Legislación infringida
Sanción
10/0327/24 76115954F RDLeg 5/2000 – Artículo 7.5 1.200 €
CÁCERES, 16 de junio de 2025.- La Jefe de la Unidad de Mediación, Arbitraje y
Conciliación de Cáceres, Ana Ballesteros García
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-8589338c91aecb28f67d93077bc902df9d4c11fa
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE, número 236, de 2 de octubre de 2015), se hace pública notificación en dicho
Boletín, de la RESOLUCIÓN de fecha 26 de febrero de 2025, dictada por la Jefe de la
Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Cáceres, dependiente de la Dirección
General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, del
expediente sancionador que se relaciona y, a la persona física o jurídica que aparece
referenciada más abajo, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
UNIDAD DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE CÁCERES. Anuncio de
notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento sancionador del orden social.
EXPEDIENTE 10/0327/24.
ID: N2500446986
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Directora General de Trabajo de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, de conformidad con el
artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 112.1 y 121 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
la notificación, según lo dispuesto en el artículo 122.1, en relación con el 30, ambos de la
citada Ley 39/2015, sin perjuicio de que puede ejercitar, en su caso, cualquier otro que
se estime procedente. Transcurrido el plazo citado sin interponer el mencionado recurso
la referida Resolución adquirirá el carácter de firme, y por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Junta de Extremadura se le comunicará la forma, lugar y
plazos de pago del importe de la sanción impuesta, en período voluntario, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 4 del Decreto 67/1994, de 17 de mayo, por el que se aprueba el
Reglamento de recaudación de multas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En
caso de impago en período voluntario, se le requerirá por la propia Consejería de
Hacienda y Administración Pública para el pago en vía ejecutiva de apremio, con el
correspondiente recargo e intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 6.3 del Decreto 67/1994, ya citado.
El correspondiente expediente se encuentra disponible en la Unidad de Mediación,
Arbitraje y Conciliación de Cáceres de la Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital sita en la C/ Hilanderas, 15, Polígono Las Capellanías de
Cáceres.
Nº Expte
NIF/CIF
Legislación infringida
Sanción
10/0327/24 76115954F RDLeg 5/2000 – Artículo 7.5 1.200 €
CÁCERES, 16 de junio de 2025.- La Jefe de la Unidad de Mediación, Arbitraje y
Conciliación de Cáceres, Ana Ballesteros García
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-8589338c91aecb28f67d93077bc902df9d4c11fa
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE, número 236, de 2 de octubre de 2015), se hace pública notificación en dicho
Boletín, de la RESOLUCIÓN de fecha 26 de febrero de 2025, dictada por la Jefe de la
Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Cáceres, dependiente de la Dirección
General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, del
expediente sancionador que se relaciona y, a la persona física o jurídica que aparece
referenciada más abajo, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.