Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-444616)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento inscripción de base gráfica art. 199 L.H.
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Jueves 19 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 16 de
junio de 2025 en procedimiento inscripción de base gráfica art. 199 L.H.
ID: N2500446800

notificación a colindantes desconocidos
Doña María Alejandra Castaño Verde, Registradora de la Propiedad del Registro de
la Propiedad número Dos de Pontevedra, de acuerdo con el artículo 44 y la Disposición
Adicional Tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se NOTIFICA a los posibles interesados:
Conforme al artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se solicita la inscripción de la
representación gráfica alternativa de la finca 17756 de Marín:
Según los libros del Registro, la finca tiene la siguiente descripción:
RÚSTICA.- COENLLAS, sita en el lugar de Vilaseca Parroquia de Ardan Municipio de
Marín, a robles, con una extensión superficial de tres áreas cincuenta y cuatro
centiáreas. Linda Norte, Victoria Fariña Diz y Carmen Verdeal Rosales; Sur, Javier
González y Maruja Freire Davila; Este, Maria Angeles Ezpeleta Albeniz y Don Florentino
Alba Muñiz y Benito Lino Cobas; y Oeste, Javier González y Carmen Berdeal Rosales.
Según instancia y base gráfica alternativa presentada en unión de la escritura de
actualización de superficie otorgada el 26 de abril de 2023, ante el Notario de
Pontevedra, Don José Manuel Gómez Varela, núnero 786 de protocolo, solicitan la
inscripción de la base gráfica de la finca 17756 de Marín, con las coordenadas que
constan en el informe de validación que se acompaña:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación, es decir, trescientos setenta y dos
metros cuadrados.
Conforme al artículo 199.2 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
parcelas catastrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su
parcela catastral. Para ello, puede Usted comprobar en el siguiente enlace que la
representación gráfica de la finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la
situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/idtramite/ID36024200003059

cve: BOE-N-2025-6803118cd110370eca6e4f4f9059f54e127cc3e9
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Núm. 147