Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Lugo. (BOE-N-2025-444457)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LUGO 2 Y MERCANTIL Y BIENES MUEBLES. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Jueves 19 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
LUGO
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LUGO 2 Y MERCANTIL Y BIENES MUEBLES.
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025
ID: N2500448155

hago saber que: con fecha dieciséis de junio del año dos mil veinticinco MERABAN
SL, ha inscrito a su favor la siguiente finca:
Descripción:
URBANA. Finca situada en PARROQUIA MAREY con el número sn municipio de
CORGO, denominada CASA DE LOPEZ, que mide ochocientos metros cuadrados. Linda
al: norte, Casa Milleiro y Casa David Bande; sur, no consta; este, herederos de Carmen
Lopez; oeste, camino de Bajo las Airas.. La propiedad incluye la era, el huerto y la
pendella. Referencia Catastral: 27014A124002940000JU y va a formar parte por
agrupación de la Referencia Catastral: 27014A124003000001KU
Datos de inscripción:
Finca: 13631 DE CORGO Inscripción: 1ª
Representación gráfica, accesible en
http://geoportal.registradores.org/geoportal/
Finca registral con Código único de finca registral: 27013000696309
Título:
Escritura de COMPRAVENTA, otorgada en Madrid ante su notario ANTONIO
ALVAREZ PEREZ el día veintitrés de febrero del año dos mil seis habiendo adquirido de
DOÑA MARIA DE LAS MERCEDES LOPEZ FOUZ; a quien pertenecía por herencia de
Pedro López López, fallecido el día diez de noviembre de mil novecientos cuarenta y
cinco, formalizada en escritura autorizada por el Notario de Lugo, José Manuel López
Cedrón, el día dos de diciembre de dos mil cinco, número 2535 de protocolo.
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-fa416e65f43599095273996f93caf71a975994d2
Verificable en https://www.boe.es

IDUFIR: 27013000696309