Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Cáceres. (BOE-N-2025-444162)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE JARANDILLA DE LA VERA. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Jueves 19 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
CÁCERES
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE JARANDILLA DE LA VERA. Anuncio de notificación
de 16 de junio de 2025
Doña María Lourdes Ruiz Quirante Registrador de la Propiedad de Jarandilla de la
Vera, HAGO SABER QUE: DON DANIEL PÉREZ PÉREZ, DOÑA EULALIA MARÍA
PÉREZ PÉREZ y DOÑA RAQUEL PÉREZ PÉREZ, vecino/a de Garganta la Olla , ha
inscrito a su favor la siguiente finca: RÚSTICA. HEREDAD destinada a frutales de
regadío, al sitio del SANTO, en término de Garganta la Olla (Cáceres). Tiene una
superficie de CINCO ÁREAS Y SESENTA Y CINCO CENTIÁREAS. Es la parcela
número 134 del polígono 7. LINDA: Norte, parcela catastral número 133, propiedad de
Antonio Muñoz Sánchez; Sur, parcela catastral número 135, propiedad de Guadalupe
Pérez Curiel y arroyo; Este, parcela catastral número 130, propiedad de Ramnoa López
Gómez; y Oeste, parcela catastral número 136, propiedad de Dionisia Martín Peña.
REFERENCIA CATASTRAL. Es la 10080A007001340000QS.Datos de inscripción: Folio:
1 ELECTRONICO DE GARGANTA LA OLLA, Finca: 4936, e Inscripción: 1ª.- Título:
Escritura de Compra otorgada en Jaraíz de la Vera ante su notario DOÑA MARÍA
TOMASA BERMEJO AGUAYO, el día , nº de protocolo. Todo lo cual se publica en
cumplimiento de lo dispuesto en el citado Artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo
que conforme al artículo 11 de la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la
salvaguarda de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su
inexactitud en los términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al Artículo 207 de
la misma Ley Hipotecaria los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de dicha
Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación,
por lo que se pone en conocimiento de cuantos puedan estar interesados respecto a la
expresada inscripción, a fin de que hagan uso de los derechos que en su caso puedan
corresponderle sobre la finca descrita.
Jarandilla de la Vera, 16 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Maria Lourdes Ruiz
Quirante

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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