Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Teruel. (BOE-N-2025-444703)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE HÍJAR. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Inmatriculación finca 11.929 de Híjar.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
4556640.09 722084.11 4556654.34 722069.61 4556676.34 722041.45 4556715.1
722019.67 4556751.95. Conforme al mismo precepto legal, los interesados podrán
comparecer en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción de la presente
notificación ante el Registrador para alegar lo que a su derecho convenga. A la vista de
las alegaciones efectuadas el Registrador decidirá motivadamente según su prudente
criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la
finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la
denegación de la inscripción. Si lo desean, también pueden remitir sus alegaciones por
escrito con firma legitimada o con firma electrónica reconocida, y, en su caso,
acreditando la representación en la que actúe, al Registro de la Propiedad de Híjar,
Paseo San Francisco, 14 bis, primero, 44530 Híjar -Teruel-. REFERENCIA ASIENTO 683
del 2025.
cve: BOE-N-2025-ca11fd9a6807ec03ea24780701a21293ad2a7d17
Verificable en https://www.boe.es
Híjar, 16 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Ana Gómez Adeva
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
4556640.09 722084.11 4556654.34 722069.61 4556676.34 722041.45 4556715.1
722019.67 4556751.95. Conforme al mismo precepto legal, los interesados podrán
comparecer en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción de la presente
notificación ante el Registrador para alegar lo que a su derecho convenga. A la vista de
las alegaciones efectuadas el Registrador decidirá motivadamente según su prudente
criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la
finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la
denegación de la inscripción. Si lo desean, también pueden remitir sus alegaciones por
escrito con firma legitimada o con firma electrónica reconocida, y, en su caso,
acreditando la representación en la que actúe, al Registro de la Propiedad de Híjar,
Paseo San Francisco, 14 bis, primero, 44530 Híjar -Teruel-. REFERENCIA ASIENTO 683
del 2025.
cve: BOE-N-2025-ca11fd9a6807ec03ea24780701a21293ad2a7d17
Verificable en https://www.boe.es
Híjar, 16 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Ana Gómez Adeva
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X