Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. León. (BOE-N-2025-444437)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA BAÑEZA. Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Inmatriculación del artículo 205 de la ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La adquirió en virtud de escritura pública autorizada el veinte de febrero del año dos
mil veinticinco, en León, por el Notario DON JOSÉ ANTONIO BOLLO DE MIGUEL, con
el número 297/2025 de protocolo, por herencia de doña María Victorina Rey Ferrero.
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-5270d25b8a2ecd1efa5889b4ed778799a631cae9
Verificable en https://www.boe.es
La Bañeza, 16 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Pedro José Martínez
Rodríguez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
La adquirió en virtud de escritura pública autorizada el veinte de febrero del año dos
mil veinticinco, en León, por el Notario DON JOSÉ ANTONIO BOLLO DE MIGUEL, con
el número 297/2025 de protocolo, por herencia de doña María Victorina Rey Ferrero.
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-5270d25b8a2ecd1efa5889b4ed778799a631cae9
Verificable en https://www.boe.es
La Bañeza, 16 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Pedro José Martínez
Rodríguez
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X