Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-442454)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 14 de junio de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los interesados (resolución de reintegro de prestaciones indebidas).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 14 de
junio de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los
interesados (resolución de reintegro de prestaciones indebidas).
ID: N2500448508
De conformidad con lo que establece el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en la Sede Electrónica de la Seguridad
Social o en el domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un
anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán acceder, en el plazo de 10 días siguientes a la
presente publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo, a la notificación electrónica publicada en el Registro de Notificaciones:
http://run.gob.es/qfjgyq o, en su defecto, podrán comparecer ante cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social.
Una vez producida la notificación dispondrá de treinta días hábiles para interponer
reclamación previa a la vía jurisdiccional ante la Dirección Provincial de la provincia de
su domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10
de octubre, reguladora de la jurisdicción social (B.O.E. del 11 de octubre).
RELACIÓN DE PERSONAS INTERESADAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL
PRESTACIÓN
EXPEDIENTE
NIF
ALMERÍA
INGRESO MÍNIMO VITAL 04202100000000003660 23279797W
BARCELONA
JUBILACIÓN
08201200000000515282 34553290E
CÁDIZ
VIUDEDAD
11201600000000509669 31490016A
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11202000000000027373 52280531J
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11202100000000007879 31338836W
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11201900000000004187 20067037C
cve: BOE-N-2025-2dd5fde4d7d7900e3de5816d708e7462040423ed
Verificable en https://www.boe.es
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 14 de
junio de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los
interesados (resolución de reintegro de prestaciones indebidas).
ID: N2500448508
De conformidad con lo que establece el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en la Sede Electrónica de la Seguridad
Social o en el domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un
anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán acceder, en el plazo de 10 días siguientes a la
presente publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo, a la notificación electrónica publicada en el Registro de Notificaciones:
http://run.gob.es/qfjgyq o, en su defecto, podrán comparecer ante cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social.
Una vez producida la notificación dispondrá de treinta días hábiles para interponer
reclamación previa a la vía jurisdiccional ante la Dirección Provincial de la provincia de
su domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10
de octubre, reguladora de la jurisdicción social (B.O.E. del 11 de octubre).
RELACIÓN DE PERSONAS INTERESADAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL
PRESTACIÓN
EXPEDIENTE
NIF
ALMERÍA
INGRESO MÍNIMO VITAL 04202100000000003660 23279797W
BARCELONA
JUBILACIÓN
08201200000000515282 34553290E
CÁDIZ
VIUDEDAD
11201600000000509669 31490016A
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11202000000000027373 52280531J
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11202100000000007879 31338836W
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11201900000000004187 20067037C
cve: BOE-N-2025-2dd5fde4d7d7900e3de5816d708e7462040423ed
Verificable en https://www.boe.es
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.