Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barcelona. (BOE-N-2025-443010)
GERENCIA DE MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS. Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento de expediente sancionador núm. 2024_EXP_3294947 por infracción ordenanza municipal de animales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

Con todo, también se le informa de que tiene la facultad de acogerse a uno de los
supuestos anteriores que permiten una reducción del 20% del importe de la sanción,
siempre antes de la resolución de este procedimiento, lo que deberá comunicarse por
escrito al Ayuntamiento.
Las reducciones mencionadas tienen su efectividad condicionada al desistimiento o
renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción, de
acuerdo con el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.
Comunicar al recurrente que las pruebas de su responsabilidad, así como toda la
documentación que obra en el expediente sancionador, se encuentran a su disposición
en las dependencias del Departamento de gestión y protección de los animales.
Quinto.- Notificar el presente acuerdo a las personas interesadas.
Se le notifica la presente resolución en cumplimiento de aquello establecido en el
artículo 64 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común
de las administraciones públicas.
Se le comunica que, contra el acto administrativo que se le notifica, no cabe
interponer ninguno recurso, por tratarse de un acto de trámite que no decide ni directa ni
indirectamente el fondo del asunto, ni determina la imposibilidad de continuar el
procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses
legítimos. Sin embargo, podrá aducir alegaciones y aportar cuántos documentos o
informaciones estime convenientes en oposición al mismo y defensa de sus derechos,
para su consideración en la resolución que pone fin al procedimiento.
Todo el anterior sin perjuicio que pueda ejercitar cualquier otra acción o recurso que
estime procedente en defensa de sus derechos.
Como que la referida notificación, no se ha podido practicar por causas no
imputables a la administración, de conformidad con aquello establecido en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, se expide este edicto a efectos de su publicación en el Tablón
de edictos Municipal y en el Tablón Edictal Único.
De acuerdo con la normativa de protección de datos os informamos que vuestros
datos personales serán tratados por el Ayuntamiento de Barcelona con el fin de incluirlos
en las actas y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria, se tienen que
publicar obligatoriamente (tratamiento 0249-Tablon edictos). Rasgo de obligación legal,
vuestros datos no serán cedidos a terceros. Tenéis derecho a acceder, rectificar y
suprimir vuestros datos, así como otros derechos sobre éstas. Podéis consultar
información adicional sobre este tratamiento y protección de datos en
ajuntament.barcelona.cat/protecciodedades
Vuestros datos serán eliminados una vez cumplidas las obligaciones legales
derivadas de la gestión de la actividad.
Barcelona, 4 de junio de 2025.- SARA CRISTINA DE ROA LÓPEZ, La Secretaria
Delegada , P.D:30.06.2023

cve: BOE-N-2025-a670547df22d0ee902680d8eb4cc2767eeff74e4
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Núm. 147