Administración Local. Las Palmas. Ayuntamiento De Mogán. (BOE-N-2025-443356)
Anuncio de notificación de 29 de mayo de 2025 en procedimiento Baja vehículo depósito municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
II.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
- Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre de 2015, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Artículos 105 y 106, sic,
“La Administración competente en materia de gestión de tráfico podrá ordenar el
traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su
posterior destrucción y descontaminación, cuando haya transcurrido más de dos meses
desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública, y depositado por la
Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones”.
- Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias.
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
- Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre Gestión de Vehículos al final de su
vida útil.
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Ordenanza municipal de Tráfico circulación y vehículos a motor y seguridad vial.
BOP. núm. 136, de fecha 22 de octubre de 2010.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios prestados por la grúa municipal
y custodia de vehículos u otros objetos retirados de la vía y/o espacio público. BOP. de
fecha 7 de julio de 2017.
CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL.
Asunto: Solicitud de publicación en Boletín Oficial del Estado.
Referencia: MADG/clh. Unidad Administrativa.
Expediente: Núm. 2995/2025. – Expte. Depósito: 042/2024. Vehículo: VMP.
1.- Se concede al propietario del VMP que a continuación se relaciona, un plazo de
un mes, a contar desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado
y tablón de anuncios del Ayuntamiento de residencia de sus titulares.
2.- Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin actuación alguna por parte del
propietario o interesado, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, y
traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.
3.- Asimismo, y en aquellos casos en que se estime conveniente, “el Alcalde o
autoridad correspondiente por delegación podrán acordar la sustitución del tratamiento
residual del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia del tráfico,. . . ”.
4.- Para proceder a la retirada del vehículo será necesario presentar la
documentación del mismo y abonar las tasas de traslado y depósito derivadas de tal
situación.
- RELACIÓN DE VEHÍCULO(S).
EXPTE. Nº. FECHA DEPOSITO MARCA
042/2024
17/01/24
Nº VIN - COLOR TITULAR
CARECE VMP- MARRÓN DESCONOCIDO
cve: BOE-N-2025-3b1fe443bfd8f370ad389b4e28d3997068e4e7c6
Verificable en https://www.boe.es
III.- PARTE DISPOSITIVA.
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
II.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
- Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre de 2015, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Artículos 105 y 106, sic,
“La Administración competente en materia de gestión de tráfico podrá ordenar el
traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su
posterior destrucción y descontaminación, cuando haya transcurrido más de dos meses
desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública, y depositado por la
Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones”.
- Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias.
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
- Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre Gestión de Vehículos al final de su
vida útil.
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Ordenanza municipal de Tráfico circulación y vehículos a motor y seguridad vial.
BOP. núm. 136, de fecha 22 de octubre de 2010.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios prestados por la grúa municipal
y custodia de vehículos u otros objetos retirados de la vía y/o espacio público. BOP. de
fecha 7 de julio de 2017.
CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL.
Asunto: Solicitud de publicación en Boletín Oficial del Estado.
Referencia: MADG/clh. Unidad Administrativa.
Expediente: Núm. 2995/2025. – Expte. Depósito: 042/2024. Vehículo: VMP.
1.- Se concede al propietario del VMP que a continuación se relaciona, un plazo de
un mes, a contar desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado
y tablón de anuncios del Ayuntamiento de residencia de sus titulares.
2.- Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin actuación alguna por parte del
propietario o interesado, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, y
traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.
3.- Asimismo, y en aquellos casos en que se estime conveniente, “el Alcalde o
autoridad correspondiente por delegación podrán acordar la sustitución del tratamiento
residual del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia del tráfico,. . . ”.
4.- Para proceder a la retirada del vehículo será necesario presentar la
documentación del mismo y abonar las tasas de traslado y depósito derivadas de tal
situación.
- RELACIÓN DE VEHÍCULO(S).
EXPTE. Nº. FECHA DEPOSITO MARCA
042/2024
17/01/24
Nº VIN - COLOR TITULAR
CARECE VMP- MARRÓN DESCONOCIDO
cve: BOE-N-2025-3b1fe443bfd8f370ad389b4e28d3997068e4e7c6
Verificable en https://www.boe.es
III.- PARTE DISPOSITIVA.