Administración Local. Lugo. Ayuntamiento De Chantada. (BOE-N-2025-443386)
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LUGO
AYUNTAMIENTO DE CHANTADA
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento baja de oficio por
inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
Anuncio de notificación de resolución de alcaldía número 2025-0429 de fecha
05/05/2025, procedimiento baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal
de Habitantes, error INE 141/142/143, año 2024. En aplicación del apartado número 7 de
la Resolución de 17 de febrero de 2020, de instrucciones técnicas a los ayuntamientos
para la gestión del Padrón municipal, este Ayuntamiento ha procedido a comprobar la
continuidad de la residencia en el municipio de los extranjeros NO_ENCSARP
(ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo, así como de los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta
de residencia de régimen comunitario (por ser familiares de comunitarios) y aquellos que
tienen autorización de residencia de larga duración), comunicados al ayuntamiento por el
INE mediante fichero de intercambio mensual. De las actuaciones realizadas, las
personas mencionadas en la relación anexa no han confirmado por escrito su residencia,
de los cuales no se ha podido verificar que continúen residiendo en el municipio. Según
lo dispuesto en el mismo apartado 7, a todas aquellas personas cuya residencia no se
haya confirmado se les deberá iniciar expediente de baja por inscripción indebida, de
conformidad con el art.º 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales por no cumplir lo previsto en el art.º 54 del mencionado Reglamento,
es decir, por no residir en el domicilio donde están empadronadas. El procedimiento
recogido en el apartado 5.2.4.1 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, para tramitar
las bajas de oficio, establece que el Ayuntamiento notificará al afectado el requisito
incumplido y se le hará saber la iniciación de oficio del expediente para proceder a darle
de baja en el Padrón de su municipio por no residir habitualmente en el mismo. Intentada
la notificación de baja de oficio por inscripción indebida en el último domicilio conocido,
ésta no se ha podido practicar al ser devueltas por el servicio de correos por
“desconocido/a”, “ausente reparto (se dejó aviso llegada en buzón)” o “fallecido/a”; se
procede a su notificación mediante la presente publicación. La baja en el padrón será
con fecha de la notificación, o, en su caso, a partir del día siguiente a la publicación en el
BOE. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Artículo 44. Notificación infructuosa.
Praza de España, Nº 1 27500 Chantada (Lugo) Tel. 982 44 00 11/Fax. 982 46 21 02
padron@concellodechantada.org DIR3 - L01270168
Relación de ciudadanos:
DOCUMENTO
X6929453J
Y7969508E
Y7909970P
Y2986039D
Y7724120K
Y0274127G
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
cve: BOE-N-2025-4086d1b9a3c9d0ed35dbfeb57c4eec059da2da86
Verificable en https://www.boe.es
ID: N2500440351
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LUGO
AYUNTAMIENTO DE CHANTADA
Anuncio de notificación de 20 de mayo de 2025 en procedimiento baja de oficio por
inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
Anuncio de notificación de resolución de alcaldía número 2025-0429 de fecha
05/05/2025, procedimiento baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal
de Habitantes, error INE 141/142/143, año 2024. En aplicación del apartado número 7 de
la Resolución de 17 de febrero de 2020, de instrucciones técnicas a los ayuntamientos
para la gestión del Padrón municipal, este Ayuntamiento ha procedido a comprobar la
continuidad de la residencia en el municipio de los extranjeros NO_ENCSARP
(ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo, así como de los que, sin pertenecer a estos países, tienen tarjeta
de residencia de régimen comunitario (por ser familiares de comunitarios) y aquellos que
tienen autorización de residencia de larga duración), comunicados al ayuntamiento por el
INE mediante fichero de intercambio mensual. De las actuaciones realizadas, las
personas mencionadas en la relación anexa no han confirmado por escrito su residencia,
de los cuales no se ha podido verificar que continúen residiendo en el municipio. Según
lo dispuesto en el mismo apartado 7, a todas aquellas personas cuya residencia no se
haya confirmado se les deberá iniciar expediente de baja por inscripción indebida, de
conformidad con el art.º 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales por no cumplir lo previsto en el art.º 54 del mencionado Reglamento,
es decir, por no residir en el domicilio donde están empadronadas. El procedimiento
recogido en el apartado 5.2.4.1 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, para tramitar
las bajas de oficio, establece que el Ayuntamiento notificará al afectado el requisito
incumplido y se le hará saber la iniciación de oficio del expediente para proceder a darle
de baja en el Padrón de su municipio por no residir habitualmente en el mismo. Intentada
la notificación de baja de oficio por inscripción indebida en el último domicilio conocido,
ésta no se ha podido practicar al ser devueltas por el servicio de correos por
“desconocido/a”, “ausente reparto (se dejó aviso llegada en buzón)” o “fallecido/a”; se
procede a su notificación mediante la presente publicación. La baja en el padrón será
con fecha de la notificación, o, en su caso, a partir del día siguiente a la publicación en el
BOE. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Artículo 44. Notificación infructuosa.
Praza de España, Nº 1 27500 Chantada (Lugo) Tel. 982 44 00 11/Fax. 982 46 21 02
padron@concellodechantada.org DIR3 - L01270168
Relación de ciudadanos:
DOCUMENTO
X6929453J
Y7969508E
Y7909970P
Y2986039D
Y7724120K
Y0274127G
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
cve: BOE-N-2025-4086d1b9a3c9d0ed35dbfeb57c4eec059da2da86
Verificable en https://www.boe.es
ID: N2500440351