Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Vinaròs. (BOE-N-2025-443184)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Potestades Administrativas de Carácter Patrimonial (Exp. 8701/2024).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

«Dicha calle esta cerrada con una puerta colocada aproximadamente a mitad del
frente del solar sito en el nº 12
En Catastro, el tramo cerrado por esta puerta y de uso privado es de titularidad
publica.
En el Inventario Municipal de Red Viaria Urbana, el el tramo cerrado por esta puerta
y de uso privado es de titularidad publica (se adjunta copia de la Ficha del Inventario)
El articulo Artículo 3.15 “Condición jurídica de Solar” del PGOU DE Vinaros establece
que para que las parcelas tengan la condición de solar se exigirá un acceso rodado
hasta ellas por vía pavimentada, debiendo estar abiertas al uso público, en condiciones
adecuadas, todas las vías a las que den frente, en un ancho mínimo de 5 metros.
Es por todo ello que se emite este informe para su inclusión en el correspondiente
expediente de licencia de obras.»
4º.- A la vista de todo lo anterior, por Decreto de Alcaldía n.º 2024-3762, de fecha
16/10/2024, se resolvió iniciar el procedimiento para recuperar la posesión de un tramo
del vial público denominado Calle del Rastell previsto en el PGOU de Vinaròs, a efectos
de su apertura y uso públicos, puesto que en la actualidad dicha posesión se encuentra
usurpada por la existencia de elementos constructivos consistentes en un muro o vallado
y puerta de acceso a las parcelas situadas en CL DEL RASTELL, 9 y CL DEL RASTELL,
13 (referencias catastrales 8066359BE8886N0001JG y 8066358BE8886N0001IG ,
respectivamente).
Así mismo, se concedió un trámite de audiencia de diez días hábiles a la persona
que figura como propietaria de dicha de finca en el Catastro inmobiliario, a efectos de
que pudiera formular las alegaciones y presentar los documentos que estimase
convenientes. Transcurrido dicho plazo de audiencia, no consta que se hayan
presentado alegaciones.
5º.-*Visto el informe-propuesta emitido por la TAG de Urbanismo, en fecha
14/02/2025, y de conformidad con el mismo.
6º.-*Vista la nota de conformidad a la propuesta referida, emitido por el vicesecretario
de la corporación en fecha 25/03/2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1º.- Considerando lo previsto en los artículos 41.c) y 55 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
2º.- Considerando lo previsto en el artículo 82.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
3º.- De conformidad con lo previsto en los artículos 44.1.c) y 71.2 del Reglamento de
Bienes (RB) de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986.
4º.- De conformidad con lo previsto en el art. 186.2 del texto refundido de la Ley de
ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), aprobado por Decreto
Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de la Generalitat Valenciana, así como, en
el art. 190 de dicho TRLOTUP.
Visto cuanto antecede, elevo al Pleno de la corporación, previo dictamen de la
comisión informativa correspondiente, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO:
Primero.- Declarar recuperada de oficio la posesión municipal de la porción de
terreno destinada a vial público denominado Calle del Rastell previsto en el PGOU de
Vinaròs, a efectos de su apertura y uso públicos, que ha sido usurpada por la existencia
de elementos constructivos consistentes en un muro o vallado y puerta de acceso a las
parcelas situadas en CL DEL RASTELL, 9 y CL DEL RASTELL, 13 (referencias
catastrales 8066359BE8886N0001JG y 8066358BE8886N0001IG, respectivamente).

cve: BOE-N-2025-3f9fd59063abda31304a025a2001886d9bf794bb
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Núm. 147