Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma Del Principado De Asturias. Consejería De Hacienda, Justicia Y Asuntos Europeos. (BOE-N-2025-442728)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento de inscripción en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERÍA DE HACIENDA, JUSTICIA Y ASUNTOS EUROPEOS
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento de inscripción en el
Registro de Asociaciones del Principado de Asturias.
ID: N2500449263
Mediante Resolución de fecha 2 de junio de 2025 de la Consejería de Hacienda,
Justicia y Asuntos Europeos se acuerda declarar el desistimiento de la solicitud
presentada por la ASOCIACION COFRADIA GASTRONOMICA DEL TORTO DE MAIZ
relativa a la inscripción de junta directiva en el Registro de Asociaciones del Principado
de Asturias.
Intentada sin éxito la notificación de la citada Resolución de desistimiento, se
procede a su publicación mediante el presente anuncio de acuerdo a los artículos 44 y
46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su notificación. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo
previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo y sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
cve: BOE-N-2025-2ff6ae137e4ec06dd638b59a445334d31cd3b042
Verificable en https://www.boe.es
Oviedo, 16 de junio de 2025.- El Jefe de Sección de Entidades Jurídicas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
CONSEJERÍA DE HACIENDA, JUSTICIA Y ASUNTOS EUROPEOS
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento de inscripción en el
Registro de Asociaciones del Principado de Asturias.
ID: N2500449263
Mediante Resolución de fecha 2 de junio de 2025 de la Consejería de Hacienda,
Justicia y Asuntos Europeos se acuerda declarar el desistimiento de la solicitud
presentada por la ASOCIACION COFRADIA GASTRONOMICA DEL TORTO DE MAIZ
relativa a la inscripción de junta directiva en el Registro de Asociaciones del Principado
de Asturias.
Intentada sin éxito la notificación de la citada Resolución de desistimiento, se
procede a su publicación mediante el presente anuncio de acuerdo a los artículos 44 y
46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su notificación. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo
previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo y sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
cve: BOE-N-2025-2ff6ae137e4ec06dd638b59a445334d31cd3b042
Verificable en https://www.boe.es
Oviedo, 16 de junio de 2025.- El Jefe de Sección de Entidades Jurídicas.
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