Otros Entes. (BOE-N-2025-444806)
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento de reclamación de prestaciones económicas, gestionado por Asepeyo, mutua colaboradora con la Seguridad Social nº 151.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
OTROS ENTES
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento de reclamación de
prestaciones económicas, gestionado por Asepeyo, mutua colaboradora con la
Seguridad Social nº 151.
ID: N2500441317
Fecha de envío de
1a carta RPI
Importe Neto de
la Prestación
Indebida
33485324S GH013232400 IT
07/01/2025
47,56
60355902S
60355902S CG015732400 SREL
13/03/2025
452,30
29539034L
29539034L KO000672400 SREL
12/03/2025
88,95
11900332V
11900332V CK001772300 SREL
24/03/2025
171,59
49150050Q
49150050Q CK001562300 SREL
24/03/2025
90,63
47166249B
47166249B BQ004742200 BAREMO
11/04/2025
1.378,00
Y6825994E
Y6825994E EE001392300 SREL
31/03/2025
93,70
53319974V
53319974V BR004972400 SREL
21/03/2025
60,86
53461942Y
53461942Y CB000852300
20/03/2025
3.231,72
Persona Física
Responsable
IPF
33485324S
Expediente
Tipo de
Prestación
En favor de
familiares
En caso de no abonar el importe reclamado en el plazo de 60 días hábiles desde la
publicación de este anuncio, esta entidad procederá a comunicar la presente
reclamación de deuda a la Tesorería General de la Seguridad Social, a fin de que
proceda a su recaudación en vía ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 55 del TRLGSS y el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Puede accederse al
texto completo de este acuerdo, mediante comparecencia ante cualquier centro
asistencial u oficina abierta al público de esta Mutua, solicitando cita previa.
Contra este acuerdo podrá interponerse Reclamación Previa a la vía jurisdiccional
ante esta Mutua, en el plazo de treinta días desde su publicación, de conformidad con lo
establecido con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
En Barcelona, 13 de junio de 2025.- Silvia Sancho Muñoz - Directora de Prestaciones
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-80dd154598d19a06ad67833f7a2a9d56343c2089
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, habiéndose intentado sin efecto notificación personal, en vista de los
antecedentes, y de acuerdo con la información obrante en el expediente, se determina la
responsabilidad de las siguientes personas físicas por prestación indebidamente
percibida:
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
OTROS ENTES
Anuncio de notificación de 13 de junio de 2025 en procedimiento de reclamación de
prestaciones económicas, gestionado por Asepeyo, mutua colaboradora con la
Seguridad Social nº 151.
ID: N2500441317
Fecha de envío de
1a carta RPI
Importe Neto de
la Prestación
Indebida
33485324S GH013232400 IT
07/01/2025
47,56
60355902S
60355902S CG015732400 SREL
13/03/2025
452,30
29539034L
29539034L KO000672400 SREL
12/03/2025
88,95
11900332V
11900332V CK001772300 SREL
24/03/2025
171,59
49150050Q
49150050Q CK001562300 SREL
24/03/2025
90,63
47166249B
47166249B BQ004742200 BAREMO
11/04/2025
1.378,00
Y6825994E
Y6825994E EE001392300 SREL
31/03/2025
93,70
53319974V
53319974V BR004972400 SREL
21/03/2025
60,86
53461942Y
53461942Y CB000852300
20/03/2025
3.231,72
Persona Física
Responsable
IPF
33485324S
Expediente
Tipo de
Prestación
En favor de
familiares
En caso de no abonar el importe reclamado en el plazo de 60 días hábiles desde la
publicación de este anuncio, esta entidad procederá a comunicar la presente
reclamación de deuda a la Tesorería General de la Seguridad Social, a fin de que
proceda a su recaudación en vía ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 55 del TRLGSS y el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Puede accederse al
texto completo de este acuerdo, mediante comparecencia ante cualquier centro
asistencial u oficina abierta al público de esta Mutua, solicitando cita previa.
Contra este acuerdo podrá interponerse Reclamación Previa a la vía jurisdiccional
ante esta Mutua, en el plazo de treinta días desde su publicación, de conformidad con lo
establecido con el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
Jurisdicción Social.
En Barcelona, 13 de junio de 2025.- Silvia Sancho Muñoz - Directora de Prestaciones
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-80dd154598d19a06ad67833f7a2a9d56343c2089
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, habiéndose intentado sin efecto notificación personal, en vista de los
antecedentes, y de acuerdo con la información obrante en el expediente, se determina la
responsabilidad de las siguientes personas físicas por prestación indebidamente
percibida: