Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-443046)
Anuncio de notificación de 12 de junio de 2025 en procedimiento Relación de vehículos abandonados en los que se acuerda la resolución de expedientes para declarar residuo y ordenar su traslado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos (CAD) esta no se ha podido practicar a todas las personas interesadas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de Barcelona, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de su notificación
o, si procede, publicación, de acuerdo con lo que prevé el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En el supuesto de que la desestimación del recurso de reposición se produjera por
silencio administrativo –silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar
desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado o, si procede, publicado su
resolución– el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de
seis meses a contar desde el día siguiente al día en qué el referido recurso de reposición
se entienda desestimado.
Aun así, podrán interponer cualquier recurso previsto en la legislación vigente que
consideren procedente, de acuerdo con lo que dispone el artículo 40.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (LPAC).
cve: BOE-N-2025-559b684853f166b17a9b7b404f79b76480e7451b
Verificable en https://www.boe.es
SANT CUGAT DEL VALLÈS, 12 de junio de 2025.- EL ALCALDE
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de Barcelona, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de su notificación
o, si procede, publicación, de acuerdo con lo que prevé el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En el supuesto de que la desestimación del recurso de reposición se produjera por
silencio administrativo –silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar
desde la fecha de su interposición sin que se haya notificado o, si procede, publicado su
resolución– el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de
seis meses a contar desde el día siguiente al día en qué el referido recurso de reposición
se entienda desestimado.
Aun así, podrán interponer cualquier recurso previsto en la legislación vigente que
consideren procedente, de acuerdo con lo que dispone el artículo 40.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (LPAC).
cve: BOE-N-2025-559b684853f166b17a9b7b404f79b76480e7451b
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