Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Sevilla La Nueva. (BOE-N-2025-443471)
Anuncio de notificación de 12 de junio de 2025 en procedimiento en materia de tráfico y circulación.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA
Anuncio de notificación de 12 de junio de 2025 en procedimiento en materia de tráfico y
circulación.
ID: N2500439824

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 a 92 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LSV) se hace pública la notificación de
la INICIACIÓN de los procedimientos sancionadores que se indican a las personas o
entidades que se relacionan, no siendo posible la notificación en su último domicilio
conocido.
Los correspondientes expedientes obran en el Departamento de Policía Local del
Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito
lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas
que consideren oportunas, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde el
siguiente al de la publicación del presente en el Tablón Edictal Único (BOE).
Si no formula alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la
denuncia correctamente notificada, surte efecto de acto resolutorio del procedimiento.
Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se procederá a la
ejecución de la sanción a los 30 días, quedando entonces abierta la vía contenciosoadministrativa en los términos arriba expuestos.
Vencido el plazo de 15 día naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción
sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento
de apremio (Art. 110 LSV).
El pago se podrá hacer efectivo mediante ingreso en la caja del Ayuntamiento, o por
transferencia bancaria a la entidad BANCO SANTANDER Nº DE CUENTA: ES06 0049
4559 32 2610009712, a favor del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, indicando el número
de expediente. El importe se reducirá en el 50% si se hace efectivo el pago antes de 20
días naturales desde esta notificación.
En caso de que la persona indicada no haya sido el conductor del vehículo o cuando
el titular o arrendatario del mismo sea una persona jurídica, tienen el deber de identificar
al mismo en el plazo de 20 días naturales, advirtiéndole que en el caso de incumplir esta
obligación sin causa justificada podrá ser sancionado como autor de falta grave con una
multa del doble (para leves) o del triple (para graves y muy graves) euros de la original.

cve: BOE-N-2025-f9f46479ecb8d23c6d4bb26c03e34db9e9cb332a
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 147