Administración Local. Lugo. Ayuntamiento De Chantada. (BOE-N-2025-443383)
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LUGO
AYUNTAMIENTO DE CHANTADA
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento baja de oficio por
inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
Anuncio de notificación de propuesta de resolución de fecha 30/05/2025,
procedimiento baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de
Habitantes. En aplicación al artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por
inscripción indebida, a quién figuren empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta
circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al
interesado. De las actuaciones realizadas, la persona mencionada en la relación anexa
no ha confirmado por escrito su residencia, por lo tanto, no se ha podido verificar que
continúe residiendo en el municipio. El procedimiento recogido en el apartado 5.2.4.1 de
la Resolución de 17 de febrero de 2020, para tramitar las bajas de oficio, establece que
el Ayuntamiento notificará al afectado el requisito incumplido y se le hará saber la
iniciación de oficio del expediente para proceder a darle de baja en el Padrón de su
municipio por no residir habitualmente en el mismo. Intentada la notificación individual en
domicilio y no habiendo podido practicarse, se procede, de conformidad con la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a efectuarla mediante anuncio, a través del cual se les
comunica que disponen de un plazo de 10 días para que confirmen o actualicen su
inscripción en el Padrón, manifiesten su conformidad con la baja, o bien, presenten las
alegaciones y documentación que estimen oportunas, advirtiéndoles de que, en caso de
no contestar al requerimiento, se solicitará informe al Consejo de empadronamiento para
proceder a su Baja por Inscripción Indebida en el Padrón de Habitantes, con la
correspondiente baja en el Censo Electoral, en su caso. Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 44.
Notificación infructuosa.
Relación de ciudadanos:
DOCUMENTO 34298510J
Chantada, 11 de junio de 2025.- El Secretario municipal
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3add0ab6404f83f7e4350992a32b4ad4097642b3
Verificable en https://www.boe.es
ID: N2500440340
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
LUGO
AYUNTAMIENTO DE CHANTADA
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento baja de oficio por
inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
Anuncio de notificación de propuesta de resolución de fecha 30/05/2025,
procedimiento baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de
Habitantes. En aplicación al artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por
inscripción indebida, a quién figuren empadronados incumpliendo los requisitos
establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta
circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al
interesado. De las actuaciones realizadas, la persona mencionada en la relación anexa
no ha confirmado por escrito su residencia, por lo tanto, no se ha podido verificar que
continúe residiendo en el municipio. El procedimiento recogido en el apartado 5.2.4.1 de
la Resolución de 17 de febrero de 2020, para tramitar las bajas de oficio, establece que
el Ayuntamiento notificará al afectado el requisito incumplido y se le hará saber la
iniciación de oficio del expediente para proceder a darle de baja en el Padrón de su
municipio por no residir habitualmente en el mismo. Intentada la notificación individual en
domicilio y no habiendo podido practicarse, se procede, de conformidad con la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a efectuarla mediante anuncio, a través del cual se les
comunica que disponen de un plazo de 10 días para que confirmen o actualicen su
inscripción en el Padrón, manifiesten su conformidad con la baja, o bien, presenten las
alegaciones y documentación que estimen oportunas, advirtiéndoles de que, en caso de
no contestar al requerimiento, se solicitará informe al Consejo de empadronamiento para
proceder a su Baja por Inscripción Indebida en el Padrón de Habitantes, con la
correspondiente baja en el Censo Electoral, en su caso. Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 44.
Notificación infructuosa.
Relación de ciudadanos:
DOCUMENTO 34298510J
Chantada, 11 de junio de 2025.- El Secretario municipal
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3add0ab6404f83f7e4350992a32b4ad4097642b3
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