Administración Local. Las Palmas. Cabildo Insular De Gran Canaria. (BOE-N-2025-431232)
SERVICIO ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURAS. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Notificación de suspensión de plazo para resolver expediente de Responsabilidad Patrimonial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Sábado 14 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
LAS PALMAS
CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA
SERVICIO
ADMINISTRATIVO
Y
TÉCNICO
DE
OBRAS
PÚBLICAS
E
INFRAESTRUCTURAS. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento
Notificación de suspensión de plazo para resolver expediente de Responsabilidad
Patrimonial.
ID: N2500428465

En relación con el expediente reseñado al final del presente anuncio, se ha intentado
practicar, sin efecto, la notificación al interesado en el último domicilio conocido,
conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ante este resultado infructuoso y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44
de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre, se procede a publicar el presente anuncio,
significando que en este acto no se publica en su integridad, de conformidad con lo
previsto en el artículo 46 de la misma Ley.
Los interesados o sus representantes, debidamente acreditados, deberán
comparecer para ser notificados en el plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS NATURALES,
contados desde el día siguiente al de la presente publicación, en horario de 09:00 a
13:00 horas, los jueves bajo cita previa, en el Servicio Administrativo de Obras Públicas
e Infraestructuras de esta Corporación Insular, sito en C/. Viera y Clavijo, 31, del término
municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá
producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo
indicado.

Efecto legal para el interesado: En virtud de lo previsto en el artículo 22.1 a) de la
LPAC, el plazo máximo para resolver este procedimiento se suspende por el tiempo que
medie entre la notificación de este requerimiento y su efectivo cumplimiento por el
destinatario, o en su defecto, por el del transcurso del plazo concedido. En el caso de
que no atienda el requerimiento efectuado en el plazo otorgado a tal efecto, se le tendrá
por desistido de su petición procediéndose al archivo del expediente, previa resolución
dictada en los términos previstos en el artículo 21, de la precitada Ley.
Relación de Interesados y expedientes:
Expediente

DNI

Localización

Actuación

RP-031/2025 42345697Y GC-2, P.K. 11,300 Daños a vehículo

Las Palmas de Gran Canaria, 9 de junio de 2025.- EL PRESIDENTE, P.D. EL
CONSEJERO DE GOBIERNO DE OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURAS,
ARQUITECTURA Y VIVIENDA (Decreto nº28/2023, de 24/06/2023)

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-7b28c6c23c8f40bf9d2ae1cc14d66500d356c0a4
Verificable en https://www.boe.es

1.- Acto Administrativo: Notificación de suspensión de plazo para resolver expediente
de Responsabilidad Patrimonial.