Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Jerez De La Frontera. (BOE-N-2025-431213)
PATRIMONIO. Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento Resolución por Renuncia a Expediente de Responsabilidad Patrimonial nº 22/2024.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, indicando expresamente el interesado, y
recogido así en la notificación con la correspondiente firma del mismo, la no continuación
del procedimiento interpuesto, dado que los daños alegados en la reclamación han sido
cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
Por todo lo expuesto, procede dictar resolución en virtud de la cual se tenga por
RENUNCIADO a D. Manuel Márquez Ruiz, en su reclamación de responsabilidad
patrimonial a este Excmo. Ayuntamiento, poniendo fin al procedimiento correspondiente
conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes y pertinentes de
aplicación, y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la
Resolución de Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Jerez, de fecha 19 de diciembre de
2023, publicada en el B.O.P. de Cádiz nº 6 en fecha 9 de enero de 2024, adoptada en
virtud de la facultad regulada en el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, RESUELVO tener por renunciado a D. Manuel
Márquez Ruiz, poniendo fin al procedimiento administrativo de responsabilidad
patrimonial de este Excmo. Ayuntamiento incoado a su instancia.
Delegado de Economía, Hacienda y Patrimonio
Francisco J. Delgado Aguilera.
Inscríbase en el Libro de Resoluciones
LA OFICIAL MAYOR
RECURSOS:
En atención a la Resolución adoptada por el Delegado de Economía, Hacienda y
Patrimonio, cabe interponer los siguientes recursos:
Contencioso-Administrativo: Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de
Jerez de la Frontera, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la
notificación de la resolución, si se opta por acudir directamente a la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Asimismo, dos meses desde la notificación de la resolución
expresa del recurso potestativo de reposición. Si no existiera ésta, el plazo será de seis
meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el
recurso interpuesto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio.
JEREZ DE LA FRONTERA, 6 de junio de 2025.- Delegado de Hacienda, Economía y
Patrimonio D. Francisco J. Delgado Aguilera
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3fc4e760b68faa806c6c6254ceb24454c8ce15bd
Verificable en https://www.boe.es
Potestativo de Reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un
mes, contado desde el día siguiente a esta notificación (Artículos 123 y 124 Ley 39/2015,
de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas).
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, indicando expresamente el interesado, y
recogido así en la notificación con la correspondiente firma del mismo, la no continuación
del procedimiento interpuesto, dado que los daños alegados en la reclamación han sido
cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
Por todo lo expuesto, procede dictar resolución en virtud de la cual se tenga por
RENUNCIADO a D. Manuel Márquez Ruiz, en su reclamación de responsabilidad
patrimonial a este Excmo. Ayuntamiento, poniendo fin al procedimiento correspondiente
conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes y pertinentes de
aplicación, y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la
Resolución de Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Jerez, de fecha 19 de diciembre de
2023, publicada en el B.O.P. de Cádiz nº 6 en fecha 9 de enero de 2024, adoptada en
virtud de la facultad regulada en el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, RESUELVO tener por renunciado a D. Manuel
Márquez Ruiz, poniendo fin al procedimiento administrativo de responsabilidad
patrimonial de este Excmo. Ayuntamiento incoado a su instancia.
Delegado de Economía, Hacienda y Patrimonio
Francisco J. Delgado Aguilera.
Inscríbase en el Libro de Resoluciones
LA OFICIAL MAYOR
RECURSOS:
En atención a la Resolución adoptada por el Delegado de Economía, Hacienda y
Patrimonio, cabe interponer los siguientes recursos:
Contencioso-Administrativo: Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de
Jerez de la Frontera, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la
notificación de la resolución, si se opta por acudir directamente a la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Asimismo, dos meses desde la notificación de la resolución
expresa del recurso potestativo de reposición. Si no existiera ésta, el plazo será de seis
meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el
recurso interpuesto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio.
JEREZ DE LA FRONTERA, 6 de junio de 2025.- Delegado de Hacienda, Economía y
Patrimonio D. Francisco J. Delgado Aguilera
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3fc4e760b68faa806c6c6254ceb24454c8ce15bd
Verificable en https://www.boe.es
Potestativo de Reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un
mes, contado desde el día siguiente a esta notificación (Artículos 123 y 124 Ley 39/2015,
de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas).