Administración Local. Cuenca. Ayuntamiento De Valeras, Las. (BOE-N-2025-431218)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento Bajas por Inscripción Indebida en el Padrón de Habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
caso, formular las alegaciones y justificaciones que estimen oportunas o interponer los
recursos procedentes.
Tercero.- Dar de baja en el Padrón de Habitantes de Las Valeras a los interesados,
por Inscripción Indebida, una vez transcurrido dicho plazo y con el informe favorable del
Consejo de Empadronamiento.
Cuarto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la
primera sesión ordinaria que celebre.
Quinto.- Ordenar su transcripción al Libro de Resoluciones de la AlcaldíaPresidencia, en cumplimiento del R.D 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales”.
Lo Decreta, Manda y Firma digitalmente el Sr. Alcalde-Presidente, de lo que como
Secretaria-Interventora, doy fe, en Valera de Abajo a la fecha al margen expresada.
EL ALCALDE-PRESIDENTE LA SECRETARIA-INTERVENTORA
Fdo. Daniel Pérez Osma Fdo. Marta Elena Sánchez Justo
(Documento firmado digitalmente)”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede
interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante AlcaldePresidente de este Ayuntamiento de Las Valeras, de conformidad con los artículos 112 y
113 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Cuenca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se
optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que
pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Valera de Abajo, a la fecha al margen expresada.
LA SECRETARIA-INTERVENTORA
Fdo.: Marta Elena Sánchez Justo
(Documento firmado digitalmente)
Valera de Abajo (Cuenca), 10 de junio de 2025.- El Alcalde - Daniel Pérez Osma
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-60fd677e9b0be10f467cc7c99e96a205c5a6214d
Verificable en https://www.boe.es
Con esta publicación se consideran notificados los interesados en el procedimiento
objeto de la misma, a los efectos establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
caso, formular las alegaciones y justificaciones que estimen oportunas o interponer los
recursos procedentes.
Tercero.- Dar de baja en el Padrón de Habitantes de Las Valeras a los interesados,
por Inscripción Indebida, una vez transcurrido dicho plazo y con el informe favorable del
Consejo de Empadronamiento.
Cuarto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la
primera sesión ordinaria que celebre.
Quinto.- Ordenar su transcripción al Libro de Resoluciones de la AlcaldíaPresidencia, en cumplimiento del R.D 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales”.
Lo Decreta, Manda y Firma digitalmente el Sr. Alcalde-Presidente, de lo que como
Secretaria-Interventora, doy fe, en Valera de Abajo a la fecha al margen expresada.
EL ALCALDE-PRESIDENTE LA SECRETARIA-INTERVENTORA
Fdo. Daniel Pérez Osma Fdo. Marta Elena Sánchez Justo
(Documento firmado digitalmente)”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede
interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante AlcaldePresidente de este Ayuntamiento de Las Valeras, de conformidad con los artículos 112 y
113 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Cuenca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se
optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que
pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Valera de Abajo, a la fecha al margen expresada.
LA SECRETARIA-INTERVENTORA
Fdo.: Marta Elena Sánchez Justo
(Documento firmado digitalmente)
Valera de Abajo (Cuenca), 10 de junio de 2025.- El Alcalde - Daniel Pérez Osma
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-60fd677e9b0be10f467cc7c99e96a205c5a6214d
Verificable en https://www.boe.es
Con esta publicación se consideran notificados los interesados en el procedimiento
objeto de la misma, a los efectos establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas