Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-427946)
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor y, en su caso, al cónyuge, a los
terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios, a los anotantes anteriores así como
a los cotitulares, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios
de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de
Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado
Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los
mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de
salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el
deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que
le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la
notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus
colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente
regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a
la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como
valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de
Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o
mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva
valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración,
que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las
efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los
artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno
mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe
anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la
Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se
llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este
expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a
tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere
para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo
de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación,
advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Los bienes
embargados podrán ser enajenados conforme a lo previsto en el citado Reglamento
General de Recaudación de la Seguridad Social, salvo ingreso del importe total
adeudado que deberá realizarse en efectivo, mediante dinero de curso legal, cheque o
transferencia, así como con tarjeta de débito o de crédito a través de la página web
www.seg-social.es o de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. El ingreso por alguno
de los medios de pago mencionados deberá efectuarse en la cuenta de esta Tesorería
General de la Seguridad Social abierta en la entidad financiera BANCO BILBAO
VIZCAYA ARGENTARIA señalada a continuación: ENTIDAD FINANCIERA: BANCO
BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA NÚMERO DE CUENTA: ES74 0182 3368 5102 0156
6903 Cualquier comunicación que deba efectuar a esta Tesorería General de la
Seguridad Social podrá realizarse a través del registro electrónico situado en la Sede
Electrónica de la Seguridad Social DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS
DEUDOR: 25052256N FINCA NÚMERO: 4 DATOS FINCA NO URBANA Nom. Finca:
F-17118.SITIO DEL PERAL Provincia: GRANADA Localidad: HUESCAR Término:
HUESCAR Cultivo: RIEGO DE SEGUNDA CLASE Cabida: 0,0017 Ha. Linde Norte:
M.CEPERO SANCHEA Y OTROS Linde Este: JUAN A.Y M.T.CEPERO TORR. Linde
Sur: CARMEN CANOVAS Y OTROS Linde Oeste: CARMEN CANOVAS Y M.CEPERO
DATOS REGISTRO Nº Registro: 0 Nº Tomo: 1014 Nº Libro: 241 Nº Folio: 103 Nº Finca:
17118 DATOS CATASTRALES Referencia catastral: .................... DESCRIPCIÓN
AMPLIADA FINCA DE HUESCAR Nº: 17118 CRU: 18006000130432 RUSTICA: UN
BANCAL DE TIERRA DE RIEGO DE SEGUNDA CLASE, EN EL SITIO DEL PERAL,
TERMINO DE HUESCAR, CON UNA CABIDA DE DIECISIETE AREAS Y VEINTE
CENTIAREAS, QUE LINDA: NORTE, MANUEL CEPERO SANCHEZ Y JUAN ANTONIO
Y MARIA TERESA CEPERO TORRECILLA; SUR, CARMEN CANOVAS Y JUAN
ANTONIO Y MARIA TERESA CEPERO TORRECILLA; ESTE, DICHOS JUAN ANTONIO

cve: BOE-N-2025-19dafc4b312b8088f7b22e47e99a7e1a944a4aba
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Núm. 142