Estado. Ministerio De Política Territorial Y Memoria Democrática. Secretaría De Estado De Política Territorial. (BOE-N-2025-427578)
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BURGOS - DEPENDENCIA DEL ÁREA DE INDUSTRIA Y ENERGIA. Anuncio de notificación de 21 de marzo de 2025 en procedimiento NOTIFICACION de la Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a BOREAS WIND, S.L. la declaración, en concreto, de utilidad pública para el Parque Eólico «Iglesias» de 70,4 MW y sus infraestructuras de evacuación, en varios términos municipales de la provincia de Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

Consta en el expediente que se ha tramitado en esta Dependencia de Industria y
Energía que Usted es titular de algún (o de algunos) bienes y derechos afectados por la
Instalación de Energía Eléctrica indicada en el asunto.
La relación concreta e individualizada de los bienes o derechos afectados por la
Instalación de Energía Eléctrica indicada en el asunto, que el peticionario podría
considerar de necesaria expropiación, se incluía en el Anuncio de la Dependencia
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos por el que se sometía a
Información Pública la solicitud para su Declaración de Utilidad Pública. Dicho Anuncio
fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 164, de 8 de julio de 2024, con la
referencia BOE-B-2024-25768; y está a su disposición en las siguientes direcciones
URL/WEB:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2024-25768
https://run.gob.es/fci-PEol-381-dup-resolucion
Mediante Resolución de 9 de diciembre de 2024, la Dirección General de Política
Energética y Minas ha otorgado la Declaración de Utilidad Pública para la Instalación de
Energía Eléctrica indicada en el asunto. Dicha Resolución ha sido publicada en el
«Boletín Oficial del Estado» número 306 de 20 de diciembre de 2024, con la referencia
BOE-A-2024-26681; y está a su disposición en las siguientes direcciones URL/WEB:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-26681
https://run.gob.es/fci-PEol-381-dup-resolucion
La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los
bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a
los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa (artículo 149 del citado
Real Decreto 1955/2000).
Para ello el peticionario (la mercantil «BOREAS WIND, S.L.») deberá instar a la
Administración Expropiante que inicie las actuaciones expropiatorias, conforme al
procedimiento de urgencia establecido en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa (artículo 150 del citado Real Decreto 1955/2000).
En cualquier momento, Usted y el peticionario (la mercantil «BOREAS WIND, S.L.»)
podrán, o ya lo habrán hecho, convenir y firmar libremente un MUTUO ACUERDO de los
que están previstos, y a los efectos, del artículo 151 del Real Decreto 1955/2000. La
firma de dicho mutuo acuerdo causará la correspondiente conclusión del expediente
expropiatorio (artículo 151 del citado Real Decreto 1955/2000).
Esta notificación se realiza según lo previsto y a los efectos del artículo 148.2 del
Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica; dicho artículo dispone que la resolución sobre la declaración de utilidad
pública se notificará, entre otros, a los titulares de bienes y derechos afectados por la
instalación de energía eléctrica, conforme a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la referida Resolución de 9 de diciembre de 2024 mediante la que se ha
otorgado la Declaración de Utilidad Pública para la Instalación de Energía Eléctrica
indicada en el asunto, la cual no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a
contar desde que se recibe la presente notificación. Transcurrido dicho plazo sin haberse
interpuesto el recurso, dicha Resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo

cve: BOE-N-2025-b9a971e348807dba02bdcf494346669dbb887c55
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 142