Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Región De Murcia. Consejería De Salud. (BOE-N-2025-428251)
SECRETARÍA GENERAL DE SALUD. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de infracciones sanitarias número 55/2023-T.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
SECRETARÍA GENERAL DE SALUD. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en
procedimiento sancionador en materia de infracciones sanitarias número 55/2023-T.
ID: N2500432630

Intentada la notificación en el último domicilio conocido, sin haberse podido practicar
y para conocimiento del interesado y efectos oportunos, en cumplimiento de lo
establecido en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el presente, se hace saber
al interesado con número de identificación X4053427E, cuyo último domicilio conocido es
C/ Mayor 74 Bj., 30006 Murcia, que en el expediente sancionador en materia de
infracción Sanitaria que se le sigue con el nº 55/2023-T, por infracción administrativa
calificada como GRAVE le ha sido impuesta por esta Dirección General de Salud Pública
y Adicciones, una sanción de 601 € (SEISCIENTOS UN €), por las siguientes y
acreditadas infracciones administrativas:
Venta de tabaco no permitida en el establecimiento.
Hechos tipificados en:

Estando calificado en el artículo 19.3.q) de la Ley 28/2005, de 26 de Diciembre, de
medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el
consumo y la publicidad de los productos del tabaco (BOE núm.309 de fecha
27/12/2005) como infracción GRAVE y que podrá ser sancionado con multa desde 601€
(SEISCIENTOS UN €), hasta 10.000 € (DIEZ MIL €).Contra la presente Resolución que
no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr.
Consejero de Salud, que deberá ser presentado en plazo no superior a UN MES,
contado a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto, bien ante la referida
Autoridad o ante este Órgano.
Transcurrido dicho plazo sin interponer Recurso de Alzada, la sanción será ejecutiva,
debiendo proceder al pago de la misma, en el plazo establecido en el art. 62 de la Ley
58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria (BOE nº 302 de fecha 18/12/03), para lo
cual le será remitido el ejemplar de Liquidación (Carta de pago), por correo certificado.
Murcia, 10 de junio de 2025.- El Secretario General, Andres Torrente Martinez

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-aa17da56985e7623a4a6c8d234441a754b1cb460
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Artículos 3.1, 5.g) y 7.l) de la Ley 28/2005, de 26 de Diciembre, de medidas
sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la
publicidad de los productos del tabaco (BOE núm.309 de fecha 27/12/2005).