Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Región De Murcia. Consejería De Salud. (BOE-N-2025-428250)
SECRETARÍA GENERAL DE SALUD. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de infracciones sanitarias número 146/2024-T.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
SECRETARÍA GENERAL DE SALUD. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en
procedimiento sancionador en materia de infracciones sanitarias número 146/2024-T.
ID: N2500432625
Intentada la notificación en el último domicilio conocido, sin haberse podido practicar
y para conocimiento del interesado y efectos oportunos, en cumplimiento de lo
establecido en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el presente, se hace saber
al interesado con número de identificación X6675551P, cuyo último domicilio conocido es
C/ Ramón Gallud, nº 12-1ºD, 30003 Murcia, que en el expediente sancionador en
materia de infracción Sanitaria que se le sigue con el nº 146/2024-T, por infracción
administrativa calificada como GRAVE le ha sido impuesta por esta Dirección General de
Salud Pública y Adicciones, una sanción de 601 € SEISCIENTOS UN €, por las
siguientes y acreditadas infracciones administrativas:
Venta de tabaco no permitida en el establecimiento.
Hechos tipificados en:
Estando calificado en el artículo 19.3.q) de la Ley 28/2005, de 26 de Diciembre, de
medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el
consumo y la publicidad de los productos del tabaco (BOE núm.309 de fecha
27/12/2005) como infracción GRAVE y que podrá ser sancionado con multa desde 601€
(SEISCIENTOS UN €), hasta 10.000 € (DIEZ MIL €).Contra la presente Resolución que
no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr.
Consejero de Salud, que deberá ser presentado en plazo no superior a UN MES,
contado a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto, bien ante la referida
Autoridad o ante este Órgano.
Transcurrido dicho plazo sin interponer Recurso de Alzada, la sanción será ejecutiva,
debiendo proceder al pago de la misma, en el plazo establecido en el art. 62 de la Ley
58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria (BOE nº 302 de fecha 18/12/03), para lo
cual le será remitido el ejemplar de Liquidación (Carta de pago), por correo certificado.
Murcia, 10 de junio de 2025.- El Secretario General, Andrés Torrente Martínez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-b1cf4c3afa20a95c67361038f245484c773cfa50
Verificable en https://www.boe.es
Artículos 3.1, 5.g) y 7.l) de la Ley 28/2005, de 26 de Diciembre, de medidas
sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la
publicidad de los productos del tabaco (BOE núm.309 de fecha 27/12/2005).
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE SALUD
SECRETARÍA GENERAL DE SALUD. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en
procedimiento sancionador en materia de infracciones sanitarias número 146/2024-T.
ID: N2500432625
Intentada la notificación en el último domicilio conocido, sin haberse podido practicar
y para conocimiento del interesado y efectos oportunos, en cumplimiento de lo
establecido en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el presente, se hace saber
al interesado con número de identificación X6675551P, cuyo último domicilio conocido es
C/ Ramón Gallud, nº 12-1ºD, 30003 Murcia, que en el expediente sancionador en
materia de infracción Sanitaria que se le sigue con el nº 146/2024-T, por infracción
administrativa calificada como GRAVE le ha sido impuesta por esta Dirección General de
Salud Pública y Adicciones, una sanción de 601 € SEISCIENTOS UN €, por las
siguientes y acreditadas infracciones administrativas:
Venta de tabaco no permitida en el establecimiento.
Hechos tipificados en:
Estando calificado en el artículo 19.3.q) de la Ley 28/2005, de 26 de Diciembre, de
medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el
consumo y la publicidad de los productos del tabaco (BOE núm.309 de fecha
27/12/2005) como infracción GRAVE y que podrá ser sancionado con multa desde 601€
(SEISCIENTOS UN €), hasta 10.000 € (DIEZ MIL €).Contra la presente Resolución que
no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr.
Consejero de Salud, que deberá ser presentado en plazo no superior a UN MES,
contado a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto, bien ante la referida
Autoridad o ante este Órgano.
Transcurrido dicho plazo sin interponer Recurso de Alzada, la sanción será ejecutiva,
debiendo proceder al pago de la misma, en el plazo establecido en el art. 62 de la Ley
58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria (BOE nº 302 de fecha 18/12/03), para lo
cual le será remitido el ejemplar de Liquidación (Carta de pago), por correo certificado.
Murcia, 10 de junio de 2025.- El Secretario General, Andrés Torrente Martínez
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Artículos 3.1, 5.g) y 7.l) de la Ley 28/2005, de 26 de Diciembre, de medidas
sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la
publicidad de los productos del tabaco (BOE núm.309 de fecha 27/12/2005).