Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Segovia. (BOE-N-2025-430972)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SEGOVIA 2. Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025.
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Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
SEGOVIA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SEGOVIA 2. Anuncio de notificación de 11 de junio
de 2025
ID: N2500433910

D. José-Antonio Miquel Silvestre, Registrador de la Propiedad de Segovia nº 2, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, HAGO CONSTAR,
para general conocimiento:
I.- Que con esta misma fecha se ha inmatriculado en este Registro de la Propiedad,
conforme al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, una mitad indivisa de la siguiente finca:
CÓDIGO DE FINCA REGISTRAL.- 40007001368359
URBANA: VIVIENDA UNIFAMILIAR sita en el término municipal de Basardilla, en la
calle Real, número cinco. Ocupa una superficie construida total de noventa y ocho
metros cuadrados, y está compuesta de dos plantas, planta baja y planta primera. La
planta baja ocupa una superficie de cuarenta y nueve metros cuadrados destinados a
vivienda, distribuida en varias dependencias y servicios, y la planta primera, destinada
también a vivienda, ocupa una superficie de cuarenta y nueve metros cuadrados. Esta
construcción está situada en una parcela de cuarenta y nueve metros cuadrados. Linda
por todos sus vientos con la parcela sobre la que se levanta, que a su vez linda: al frente,
con la calle de su situación; derecha entrando, con la finca sita en la calle Real, número
siete; y a la izquierda y fondo, con la finca sita en la Travesía de la Iglesia, número tres.
Su referencia catastral es 3824911VL1432S0001DW.
Con esta fecha la mencionada finca ha quedado coordinada gráficamente con el
Catastro, de conformidad con el artículo 10.2 de la Ley Hipotecaria.
II.- La inscripción de la referida participación indivisa de finca se ha practicado, en
pleno dominio, por mitad y proindiviso, a favor de doña Clara y don Vicente Morales
Garrido, por herencia de su madre doña Clara Garrido Moreno, en virtud de escritura
otorgada en Alcorcón, el día diez de abril de dos mil veinticinco, ante su Notario, don
Pablo García Toral, número 886 de su protocolo; quien a su vez la había adquirido por
herencia de su esposo don Vicente Morales Ramos, mediante escritura otorgada en
Collado Villalba, el día trece de marzo de dos mil quince, ante su Notario, doña MaríaTeresa Gómez Bajo, número 405 de su protocolo.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley, los efectos

cve: BOE-N-2025-67b0d696009718b557ec082bfcef0ee9f0ec59e5
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Núm. 142