Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-430908)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento art 199 lh.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
edificaciones auxiliares, destinadas a almacén una de la superficie de cincuenta y seis
metros cuadrados y otra de la superficie de treinta y cinco metros. Todo forma una sola
finca que, incluido el fundo de las edificaciones tiene una superficie de mil cincuenta
metros cuadrados. Linda todo el conjunto: Norte, Constantino Ligero Cochón; Sur,
servidumbre de paso y después María del Carmen Lorenzo Cochón, Angel Lorenzo
Cochón, Manuel Martínez Muñiz y camino; Este y Oeste, carretera.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación.
Conforme al artículo 199.2 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
parcelas catastrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su
parcela catastral. Para ello, puede Usted comprobar en el siguiente enlace que la
representación gráfica de la finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la
situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID36024200003383
Igualmente podrá consultar la representación gráfica alternativa presentada en la
sede
electrónica
del
catastro
descargando
el
documento
con
CSV:
HFS47WF3H3DBJ7C8.
Si quiere realizar cualquier alegación, en plazo de 20 días, desde la recepción de la
presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad, acreditando la
titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera oposición
injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para paralizar el
expediente, según el citado artículo 199.
cve: BOE-N-2025-c762870d9aeed462bfab799bbe03b2e4b3199154
Verificable en https://www.boe.es
Pontevedra, 11 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, María Alejandra Castaño
Verde
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
edificaciones auxiliares, destinadas a almacén una de la superficie de cincuenta y seis
metros cuadrados y otra de la superficie de treinta y cinco metros. Todo forma una sola
finca que, incluido el fundo de las edificaciones tiene una superficie de mil cincuenta
metros cuadrados. Linda todo el conjunto: Norte, Constantino Ligero Cochón; Sur,
servidumbre de paso y después María del Carmen Lorenzo Cochón, Angel Lorenzo
Cochón, Manuel Martínez Muñiz y camino; Este y Oeste, carretera.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación.
Conforme al artículo 199.2 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
parcelas catastrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su
parcela catastral. Para ello, puede Usted comprobar en el siguiente enlace que la
representación gráfica de la finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la
situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID36024200003383
Igualmente podrá consultar la representación gráfica alternativa presentada en la
sede
electrónica
del
catastro
descargando
el
documento
con
CSV:
HFS47WF3H3DBJ7C8.
Si quiere realizar cualquier alegación, en plazo de 20 días, desde la recepción de la
presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad, acreditando la
titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera oposición
injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para paralizar el
expediente, según el citado artículo 199.
cve: BOE-N-2025-c762870d9aeed462bfab799bbe03b2e4b3199154
Verificable en https://www.boe.es
Pontevedra, 11 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, María Alejandra Castaño
Verde
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X