Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Lleida. (BOE-N-2025-430752)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LLEIDA 2. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento Rectificación de cabida y linderos.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
regulado en dicho artículo con la finalidad de calificar si procede inscribir en el Registro
de la Propiedad la representación gráfica y lista de coordenadas de los vértices de dicha
finca para adaptar así su descripción registral a la catastral.
La representación gráfica, ortofoto y lista de coordenadas de los vértices de la
indicada finca y la de su propiedad colindante con aquella, se pueden consultar en la
sede electrónica del Catastro https://www.sedecatastro.gob.es.
La finalidad de este expediente es coordinar Catastro y Registro, es decir que en el
Registro conste la misma superficie y linderos que figuran en el Catastro, y así, conforme
al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido expediente el
Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista de
coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca tiene
la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
Por lo tanto, si se considera afectado por dicha actualización de descripción podrá
usted comparecer en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción de la presente
notificación ante el Registrador para alegar lo que a su derecho convenga, quien, a la
vista de las alegaciones efectuadas, decidirá motivadamente según su prudente criterio.
Si lo desea, también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe.
cve: BOE-N-2025-d557ce4e944e04a2385bab4a9ff8705d0b088648
Verificable en https://www.boe.es
Lleida, 10 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Marta Gómez Llorens
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
regulado en dicho artículo con la finalidad de calificar si procede inscribir en el Registro
de la Propiedad la representación gráfica y lista de coordenadas de los vértices de dicha
finca para adaptar así su descripción registral a la catastral.
La representación gráfica, ortofoto y lista de coordenadas de los vértices de la
indicada finca y la de su propiedad colindante con aquella, se pueden consultar en la
sede electrónica del Catastro https://www.sedecatastro.gob.es.
La finalidad de este expediente es coordinar Catastro y Registro, es decir que en el
Registro conste la misma superficie y linderos que figuran en el Catastro, y así, conforme
al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación del referido expediente el
Registrador procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista de
coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38, que la finca tiene
la ubicación y delimitación geográfica expresadas.
Por lo tanto, si se considera afectado por dicha actualización de descripción podrá
usted comparecer en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción de la presente
notificación ante el Registrador para alegar lo que a su derecho convenga, quien, a la
vista de las alegaciones efectuadas, decidirá motivadamente según su prudente criterio.
Si lo desea, también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe.
cve: BOE-N-2025-d557ce4e944e04a2385bab4a9ff8705d0b088648
Verificable en https://www.boe.es
Lleida, 10 de junio de 2025.- El/La Registrador/a, Marta Gómez Llorens
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X