Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. A Coruña. (BOE-N-2025-430269)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARZÚA. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
A CORUÑA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARZÚA. Anuncio de notificación de 10 de junio de
2025
ID: N2500432927
BEATRIZ-MARÍA BELMAR MADRID, Registradora de la Propiedad de Arzúa, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 204 de la Ley Hipotecaria, CERTIFICA Y
HACE CONSTAR, para general conocimiento:
Que con fecha diez de junio del año dos mil veinticinco, se ha inmatriculado en este
Registro de la Propiedad, conforme al artículo 204 de la Ley Hipotecaria, las siguientes
fincas:
CRU: 15001001181455
Accesible
geográficas]
en
www.registradores.org
[Ayuda
al
ciudadano.Visor
de
alertas
Generada la alerta correspondiente, a los efectos del artículo 205 in fine y del punto
sexto de la Resolución Circular de la Dirección General de los Registros del Notariado de
3 de noviembre de 2015, accesible en https://geoportal.registradores.org/geoportal/
index.html.
El dominio se ha inscrito a favor de DON RAMÓN TORREIRO MEJUTO Y DON
JOSÉ-ANTONIO TORREIRO MEJUTO, casado este último con doña María-Celeste
López Díaz
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 204 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma ley, los asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los
Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los
términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley, los
efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-9e6b8c28ba43d1ef9b446061176e7c41a51d1544
Verificable en https://www.boe.es
RÚSTICA: Finca número cuatrocientos cuarenta y cinco del plano general de la Zona
de Concentración Parcelaria de Novela-Liñares-Pezobrés, municipio de Santiso, suelo
rustico de la superficie de quinientos treinta y dos metros y ochenta y ocho decímetros
cuadrados. Limita: norte, con camino público y límite de zona; sur, con predio número
444; este, con predio número 444; oeste, con camino público. Referencia catastral: No
se hace constar. Consta representación gráfica registral sobre BASE GRÁFICA
ALTERNATIVA A LA CATASTRAL. Finca no coordinada gráficamente con el Catastro a
los efectos del artículo 10 de la Ley Hipotecaria, a diez de junio de dos mil veinticinco.
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
A CORUÑA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARZÚA. Anuncio de notificación de 10 de junio de
2025
ID: N2500432927
BEATRIZ-MARÍA BELMAR MADRID, Registradora de la Propiedad de Arzúa, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 204 de la Ley Hipotecaria, CERTIFICA Y
HACE CONSTAR, para general conocimiento:
Que con fecha diez de junio del año dos mil veinticinco, se ha inmatriculado en este
Registro de la Propiedad, conforme al artículo 204 de la Ley Hipotecaria, las siguientes
fincas:
CRU: 15001001181455
Accesible
geográficas]
en
www.registradores.org
[Ayuda
al
ciudadano.Visor
de
alertas
Generada la alerta correspondiente, a los efectos del artículo 205 in fine y del punto
sexto de la Resolución Circular de la Dirección General de los Registros del Notariado de
3 de noviembre de 2015, accesible en https://geoportal.registradores.org/geoportal/
index.html.
El dominio se ha inscrito a favor de DON RAMÓN TORREIRO MEJUTO Y DON
JOSÉ-ANTONIO TORREIRO MEJUTO, casado este último con doña María-Celeste
López Díaz
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 204 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al artículo 1 de
la misma ley, los asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los
Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los
términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley, los
efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-9e6b8c28ba43d1ef9b446061176e7c41a51d1544
Verificable en https://www.boe.es
RÚSTICA: Finca número cuatrocientos cuarenta y cinco del plano general de la Zona
de Concentración Parcelaria de Novela-Liñares-Pezobrés, municipio de Santiso, suelo
rustico de la superficie de quinientos treinta y dos metros y ochenta y ocho decímetros
cuadrados. Limita: norte, con camino público y límite de zona; sur, con predio número
444; este, con predio número 444; oeste, con camino público. Referencia catastral: No
se hace constar. Consta representación gráfica registral sobre BASE GRÁFICA
ALTERNATIVA A LA CATASTRAL. Finca no coordinada gráficamente con el Catastro a
los efectos del artículo 10 de la Ley Hipotecaria, a diez de junio de dos mil veinticinco.