Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Almería. (BOE-N-2025-428732)
ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025
ID: N2500427942

Notificación de DENUNCIAS e inicio de procedimientos sancionadores
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 a 92 del RDL 6/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LSV) se hace pública la notificación de
la INICIACIÓN de los procedimientos sancionadores que se indican a las personas o
entidades que se relacionan, no siendo posible la notificación en su último domicilio
conocido. Este Edicto se mantendrá expuesto DURANTE VEINTE DÍAS NATURALES.
Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada, continuándose con el
procedimiento. Si NO ES RESPONSABLE de la infracción se le requiere para que, en el
PLAZO DE VEINTE DÍAS NATURALES IDENTIFIQUE AL CONDUCTOR
RESPONSABLE DE LA INFRACCIÓN, facilitando los datos requeridos por el art. 11 de
la LSV. Por la falta de identificación del conductor responsable sin causa justificada u
omisión de cualquier dato requerido incurrirá en infracción muy grave (art. 77.j LSV). Si la
infracción consiste en una parada o estacionamiento no reglamentario podrá pagar la
multa sin necesidad de identificar al conductor (artículo 82.g LSV). Si es RESPONSABLE
DE LA INFRACCIÓN dispone de un PLAZO DE VEINTE DÍAS NATURALES para el
pago de la multa con la REDUCCIÓNDEL 50%, lo que implicará las consecuencias del
art. 94 LSV. En caso de disconformidad, dispone de idéntico plazo para presentar
alegaciones o proponer las pruebas oportunas, lo que supondrá la pérdida del derecho a
la reducción. DE NO FORMULAR ALEGACIONES NI EFECTUAR EL PAGO, esta
notificación producirá el efecto de ACTO RESOLUTORIO del procedimiento sancionador
y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación
(artículo 95.4 LSV), exigiéndose el importe de la multa por vía de apremio (artículo 110
LSV). PARA LOS EXPEDIENTES INICIADOS CON "S" (artículo 11 LSV): Tras el
incumplimiento de la obligación de identificar al conductor responsable de la infracción,
sobre la base de los artículos 86.1 y 77.j LSV, se notifica la INCOACIÓN de los
procedimientos sancionadores que se relacionan, pudiendo pagar en igual plazo la multa
o, en caso de disconformidad, presentar alegaciones o proponer las pruebas que
considere oportunas. Las identificaciones o las alegaciones deberán presentarse a
través del Registro General ó al Registro del Órgano de Gestión Tributaria, dirigido a la
Unidad de Sanciones de Tráfico en Calle Trajano nº 11, Almería, 04001. Puede
SOLICITAR LA CARTA DE PAGO, aportando sus datos personales, número de teléfono
y los datos de la denuncia al correo electrónico aytoalmeria@canaltributos.com o al
teléfono 950210084. PUNTOS: Cuando la sanción sea firme el infractor perderá, de ser
el caso, los puntos correspondientes de conformidad con lo establecido en los Anexos II
y IV (LSV). Puede consultar su saldo de puntos en www.dgt.es

cve: BOE-N-2025-a7aa1f91038197793f784d7c4990498d56e0c26b
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Núm. 142