Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-427851)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 9 de
junio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500430014

RECLAMACION DE CANTIDADES INDEBIDAMENTE PERCIBIDAS DE INGRESO
MINIMO VITAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 132.4 del texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30
de octubre, las notificaciones que no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la
Seguridad Social o en el domicilio del interesado se practicarán exclusivamente por
medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con la
disposición adicional tercera de la Ley 39/2015. Habiéndose intentado la notificación sin
que haya sido posible practicarla por causas no imputables al Instituto Nacional de la
Seguridad Social, procede efectuarla mediante su publicación en el Boletín Oficial del
Estado. En virtud de lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la
Ley 39/2015, se dispone que los interesados, o sus representantes debidamente
acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en
esta Dirección Provincial, C/ Dr. Cerrada, 6 de Zaragoza, para conocimiento del
contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario
de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos, en el plazo máximo de 20 días
naturales a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio. Transcurrido dicho
plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales.
Los importes reclamados podrán reintegrarse mediante su ingreso, en el plazo de treinta
días, en la cuenta que este Instituto tiene abierta en IBERCAJA
(2085/0103/92/0300455011), en caso contrario se comunicarán a la Tesorería General de
la Seguridad Social para su recaudación (si es procedimiento general de reclamación de
importes) o se amortizarán mediante descuentos mensuales de la pensión que se cita (si
es procedimiento especial de reclamación de importes). Contra los actos notificados, y
dentro del plazo de 30 días a contar desde el siguiente a su notificación, podrán
interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante esta Dirección Provincial de
conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre).
RECLAMACION DE IMPORTES DE IMV
NIF

EXPEDIENTE

73442678K 50-2014-2916

PERIODO RECLAMADO IMPORTE RECLAMADO (en euros)
01-01-2022 a 31-10-2022

4670,54

17745478N 50-2020-10367 01-02-2022 a 31-10-2024

32456,37

29091313Q 50-2021-302

11776,64

01-04-2023 a 31-07-2024

cve: BOE-N-2025-26f2396c8b5c9d72fd7a21e76a8354cca3aac960
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