Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-427854)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 9 de
junio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500430033
Acuerdo inicio del procedimiento cobro indebido de prestaciones De acuerdo con lo
establecido en el apartado 4 del artículo 132, del Texto Refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las notificaciones
que no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el
domicilio del interesado se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado. Habiéndose intentado la notificación sin que
haya sido posible practicarla por causas no imputables al Instituto Nacional de la
Seguridad Social, procede efectuarla mediante su publicación en el Boletín Oficial del
Estado. Los interesados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán
comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social de la provincia de Santa Cruz de Tenerife,
para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal
conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la
localidad, solicitando cita previa al teléfono 901 10 65 70 o en www.seg-social.es. La
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Santa Cruz de
Tenerife dictó acuerdo de inicio declarando el cobro indebido de prestaciones
indebidamente percibidas, de acuerdo con el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero
(BOE 20/02/1996), que regula el procedimiento especial para el reintegro de
prestaciones indebidas de la Seguridad Social. Antes de adoptar la resolución definitiva
se concede un plazo de 15 días hábiles para formular las alegaciones que se estimen
oportunas. En el caso de no recibir alegaciones por parte de los interesados, esta
Entidad continuará los trámites ordinarios del procedimiento administrativo de
reclamación de importes por prestaciones indebidamente percibidas. . PERCEPTORES
DE PRESTACIONES INDEBIDAMENTE PERCIBIDAS NO LOCALIZADOS: NOMBRE:
ANTONIO JESÚS ACOSTA LUIS IDENTIFICADOR: ***0572** PRESTACIÓN: 3100050
VIUDEDAD PERÍODO DE LA DEUDA: 28/06/2022 A 31/08/2022 IMPORTE
ADEUDADO: 1201,14 CAUSA DE LA DEUDA COMPLEMENTO MÍNIMOS
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 9 de junio de 2025.- DIRECTORA PROVINCIAL INSS,
MARÍA DOLORES COLLADO FÉLIX
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-29c568aa5dd677f62c00b41ca5deb9ea23ff6c4f
Verificable en https://www.boe.es
DIRECCION PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 9 de
junio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500430033
Acuerdo inicio del procedimiento cobro indebido de prestaciones De acuerdo con lo
establecido en el apartado 4 del artículo 132, del Texto Refundido de la Ley General de
la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las notificaciones
que no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el
domicilio del interesado se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado. Habiéndose intentado la notificación sin que
haya sido posible practicarla por causas no imputables al Instituto Nacional de la
Seguridad Social, procede efectuarla mediante su publicación en el Boletín Oficial del
Estado. Los interesados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán
comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social de la provincia de Santa Cruz de Tenerife,
para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal
conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la
localidad, solicitando cita previa al teléfono 901 10 65 70 o en www.seg-social.es. La
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Santa Cruz de
Tenerife dictó acuerdo de inicio declarando el cobro indebido de prestaciones
indebidamente percibidas, de acuerdo con el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero
(BOE 20/02/1996), que regula el procedimiento especial para el reintegro de
prestaciones indebidas de la Seguridad Social. Antes de adoptar la resolución definitiva
se concede un plazo de 15 días hábiles para formular las alegaciones que se estimen
oportunas. En el caso de no recibir alegaciones por parte de los interesados, esta
Entidad continuará los trámites ordinarios del procedimiento administrativo de
reclamación de importes por prestaciones indebidamente percibidas. . PERCEPTORES
DE PRESTACIONES INDEBIDAMENTE PERCIBIDAS NO LOCALIZADOS: NOMBRE:
ANTONIO JESÚS ACOSTA LUIS IDENTIFICADOR: ***0572** PRESTACIÓN: 3100050
VIUDEDAD PERÍODO DE LA DEUDA: 28/06/2022 A 31/08/2022 IMPORTE
ADEUDADO: 1201,14 CAUSA DE LA DEUDA COMPLEMENTO MÍNIMOS
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 9 de junio de 2025.- DIRECTORA PROVINCIAL INSS,
MARÍA DOLORES COLLADO FÉLIX
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cve: BOE-N-2025-29c568aa5dd677f62c00b41ca5deb9ea23ff6c4f
Verificable en https://www.boe.es
DIRECCION PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE