Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-427885)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento resolución denegación de pensión y subsidio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 10 de
junio de 2025 en procedimiento resolución denegación de pensión y subsidio.
ID: N2500433514
Dirección Provincial de Sevilla
RESOLUCIONES REVISIONES DE GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE
De conformidad con lo establecido en el artículo 132, apartado 4, del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, las notificaciones que no hayan podido realizarse la Sede
Electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado, se practicarán
exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de
acuerdo con la disposición adicional tercera de la citada Ley 39/2015.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán comparecer ante cualquier Centro de Atención e
Información de la Seguridad Social, en el plazo de 10 días siguientes a la presente
publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo.
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.
Dirección Provincial de Sevilla
RESOLUCIONES REVISIONES DE GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE
De conformidad con lo establecido en el artículo 132, apartado 4, del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, las notificaciones que no hayan podido realizarse la Sede
Electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado, se practicarán
exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de
acuerdo con la disposición adicional tercera de la citada Ley 39/2015.
cve: BOE-N-2025-ae58acf1df98a0588196217cf48e16862b788d40
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 10 de
junio de 2025 en procedimiento resolución denegación de pensión y subsidio.
ID: N2500433514
Dirección Provincial de Sevilla
RESOLUCIONES REVISIONES DE GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE
De conformidad con lo establecido en el artículo 132, apartado 4, del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, las notificaciones que no hayan podido realizarse la Sede
Electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado, se practicarán
exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de
acuerdo con la disposición adicional tercera de la citada Ley 39/2015.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán comparecer ante cualquier Centro de Atención e
Información de la Seguridad Social, en el plazo de 10 días siguientes a la presente
publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo.
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.
Dirección Provincial de Sevilla
RESOLUCIONES REVISIONES DE GRADO DE INCAPACIDAD PERMANENTE
De conformidad con lo establecido en el artículo 132, apartado 4, del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, las notificaciones que no hayan podido realizarse la Sede
Electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado, se practicarán
exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de
acuerdo con la disposición adicional tercera de la citada Ley 39/2015.
cve: BOE-N-2025-ae58acf1df98a0588196217cf48e16862b788d40
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142