Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-429529)
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIÓN Y SERVICIOS. Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimientos de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes de Madrid. Baja definitiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIÓN Y SERVICIOS. Anuncio de notificación de
6 de junio de 2025 en procedimientos de baja por caducidad en el Padrón Municipal de
Habitantes de Madrid. Baja definitiva.
ID: N2500433859
Habiéndose iniciado por el Servicio de Padrón de Habitantes las correspondientes
actuaciones de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, de las
personas que se relacionan en el ANEXO, y habiendo remitido el Ayuntamiento, con
carácter previo a la declaración de la caducidad, a los extranjeros no comunitarios sin
permiso de residencia permanente cuya inscripción debía ser renovada, una
comunicación informándoles de tal circunstancia y adjuntándoles el documento que
debían rellenar para solicitar la citada renovación y no habiendo solicitado la renovación
de la inscripción, por medio del presente anuncio en el Tablón Edictal Único del BOE se
comunica que se ha dictado Resolución del Director General de Contratación y Servicios
por la que se declara su baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Madrid.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el apartado 17º del Acuerdo de 29 de
junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y
competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se
establecen las competencias específicas del Director General de Contratación y
Servicios y en virtud del artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, en relación con la exigencia de renovación periódica cada dos
años de la inscripción en el padrón municipal, de los ciudadanos extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente.
Contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán
interponer los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el
Director General de Contratación y Servicios, en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, que podrán presentar en cualquiera
de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II. Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional
competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación
del presente edicto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se
notifique expresamente su resolución, se entenderá desestimado. Contra la
desestimación, expresa o presunta, del recurso de reposición, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante el juzgado mencionado, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación si la
desestimación es expresa, o en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a
aquél en que deba entenderse presuntamente desestimada la reposición, (artículo 46 de
cve: BOE-N-2025-4b1cfe3a08ab4db771409b3b38f6daaa6883f447
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
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MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIÓN Y SERVICIOS. Anuncio de notificación de
6 de junio de 2025 en procedimientos de baja por caducidad en el Padrón Municipal de
Habitantes de Madrid. Baja definitiva.
ID: N2500433859
Habiéndose iniciado por el Servicio de Padrón de Habitantes las correspondientes
actuaciones de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, de las
personas que se relacionan en el ANEXO, y habiendo remitido el Ayuntamiento, con
carácter previo a la declaración de la caducidad, a los extranjeros no comunitarios sin
permiso de residencia permanente cuya inscripción debía ser renovada, una
comunicación informándoles de tal circunstancia y adjuntándoles el documento que
debían rellenar para solicitar la citada renovación y no habiendo solicitado la renovación
de la inscripción, por medio del presente anuncio en el Tablón Edictal Único del BOE se
comunica que se ha dictado Resolución del Director General de Contratación y Servicios
por la que se declara su baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Madrid.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el apartado 17º del Acuerdo de 29 de
junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y
competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se
establecen las competencias específicas del Director General de Contratación y
Servicios y en virtud del artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, en relación con la exigencia de renovación periódica cada dos
años de la inscripción en el padrón municipal, de los ciudadanos extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente.
Contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán
interponer los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el
Director General de Contratación y Servicios, en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, que podrán presentar en cualquiera
de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II. Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional
competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación
del presente edicto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se
notifique expresamente su resolución, se entenderá desestimado. Contra la
desestimación, expresa o presunta, del recurso de reposición, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante el juzgado mencionado, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación si la
desestimación es expresa, o en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a
aquél en que deba entenderse presuntamente desestimada la reposición, (artículo 46 de
cve: BOE-N-2025-4b1cfe3a08ab4db771409b3b38f6daaa6883f447
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Núm. 142