Estado. Ministerio De Transportes Y Movilidad Sostenible. Secretaría De Estado De Transportes Y Movilidad Sostenible. (BOE-N-2025-427164)
DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN CASTILLA LA MANCHA (TOLEDO). Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento Resolución Definitiva de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, Servicio de Conservación y Explotación de Toledo, sobre notificaciones de actos administrativos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
SECRETARÍA DE ESTADO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN CASTILLA LA MANCHA
(TOLEDO). Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento Resolución
Definitiva de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, Servicio
de Conservación y Explotación de Toledo, sobre notificaciones de actos administrativos.
ID: N2500420412

Resolución Definitiva de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La
Mancha, Servicio de Conservación y Explotación de Toledo, sobre notificaciones de
actos administrativos:
Se comunica a los interesados indicados en la relación final, notificación de
liquidación definitiva de reparación urgente de los daños causados a la carretera por
accidente de circulación, a efectos de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1
de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(B.O.E. de 2 de Octubre de 2015), y con el contenido expresado en el artículo 46 del
mismo texto legal, por entender este Servicio que la publicación íntegra de la resolución
del acuerdo de inicio del expediente lesiona los derechos o intereses legítimos de dicho
titular.
La Resolución ha adquirido el carácter de Definitiva. El importe de esta liquidación
debe hacerse efectivo en los plazos señalados en el artículo 62.2 de la Ley General
Tributaria, que, para proceder al pago voluntario del importe de los daños causados,
indica:

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada
mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
De transcurrir esos plazos sin haberse hecho el ingreso sin haber obtenido
previamente resolución que acceda a la suspensión se iniciará el periodo y
procedimiento de apremio, con los recargos correspondientes.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la
misma Recurso de Alzada, en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El recurso de
alzada podrá interponerse ante la Dirección General de Carreteras o ante el titular de la
Secretaria General de Infraestructuras. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto
el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.
Relación de interesados:
Nº Expediente

DNI interesado Importe (€)

cve: BOE-N-2025-8a76590eeae4f83a7ebf63b631f88d0f4943e687
Verificable en https://www.boe.es

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes,
desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste
no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.