Estado. Ministerio De Política Territorial Y Memoria Democrática. Secretaría De Estado De Política Territorial. (BOE-N-2025-427382)
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ILLES BALEARS - ÁREA FUNC. DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento devolución de ingresos indebidos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
SECRETARÍA DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ILLES BALEARS - ÁREA FUNC. DE TRABAJO E
INMIGRACIÓN. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento
devolución de ingresos indebidos.
ID: N2500430595
El artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece
que cuando no sea posible efectuar la notificación al interesado o a su representante por
causas no imputables a la Administración tributaria e intentada al menos dos veces en el
domicilio fiscal, o en el designado por el interesado si se trata de un procedimiento
iniciado a solicitud del mismo, se harán constar en el expediente las circunstancias de
los intentos de notificación. Será suficiente un solo intento cuando el destinatario conste
como desconocido en dicho domicilio o lugar.
En este supuesto se citará al interesado o a su representante para ser notificados por
comparecencia por medio de anuncios que se publicarán, por una sola vez para cada
interesado, en el "Boletín Oficial del Estado".
Atendiendo a lo anterior, al haber sido infructuosa la notificación de la resolución
dictada por la Delegación del Gobierno en Illes Balears con base en la competencia
atribuida en el apartado III.3.1 c) de la Resolución 3/2002, de la Dirección General de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan instrucciones sobre
procedimiento de devolución de ingresos (BOE de 16/02/2002), se procede a su
notificación por esta vía.
1
2567
Procedimiento
Tipo de acto
X5667355V Devolución ingresos Denegación de la DII
Se le comunica que, de acuerdo con el artículo 112.2 de la mencionada ley, dispone
de un plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de
este anuncio, para personarse para su notificación por comparecencia ante el Área de
Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Illes Balears, situada en el
Edificio de Servicios Múltiples del Estado C/Felicià Fuster, 7, 07006 Palma (Illes Balears).
Se le advierte de que transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se
entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del
plazo señalado.
Asimismo, se le informa de que, de conformidad con el artículo 112.3 de Ley
58/2003, de 17 de diciembre. Cuando el inicio de un procedimiento o cualquiera de sus
trámites se entiendan notificados por no haber comparecido el obligado tributario o su
representante, se le tendrá por notificado de las sucesivas actuaciones y diligencias de
dicho procedimiento, y se mantendrá el derecho que le asiste a comparecer en cualquier
momento del mismo. No obstante, las liquidaciones que se dicten en el procedimiento y
los acuerdos de enajenación de los bienes embargados deberán ser notificados con
arreglo a lo establecido en esta Sección.
cve: BOE-N-2025-69118874232dd0a64e43a4580195bc7089570f3b
Verificable en https://www.boe.es
Nº Expediente NIF
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
SECRETARÍA DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ILLES BALEARS - ÁREA FUNC. DE TRABAJO E
INMIGRACIÓN. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento
devolución de ingresos indebidos.
ID: N2500430595
El artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece
que cuando no sea posible efectuar la notificación al interesado o a su representante por
causas no imputables a la Administración tributaria e intentada al menos dos veces en el
domicilio fiscal, o en el designado por el interesado si se trata de un procedimiento
iniciado a solicitud del mismo, se harán constar en el expediente las circunstancias de
los intentos de notificación. Será suficiente un solo intento cuando el destinatario conste
como desconocido en dicho domicilio o lugar.
En este supuesto se citará al interesado o a su representante para ser notificados por
comparecencia por medio de anuncios que se publicarán, por una sola vez para cada
interesado, en el "Boletín Oficial del Estado".
Atendiendo a lo anterior, al haber sido infructuosa la notificación de la resolución
dictada por la Delegación del Gobierno en Illes Balears con base en la competencia
atribuida en el apartado III.3.1 c) de la Resolución 3/2002, de la Dirección General de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan instrucciones sobre
procedimiento de devolución de ingresos (BOE de 16/02/2002), se procede a su
notificación por esta vía.
1
2567
Procedimiento
Tipo de acto
X5667355V Devolución ingresos Denegación de la DII
Se le comunica que, de acuerdo con el artículo 112.2 de la mencionada ley, dispone
de un plazo de 15 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de
este anuncio, para personarse para su notificación por comparecencia ante el Área de
Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Illes Balears, situada en el
Edificio de Servicios Múltiples del Estado C/Felicià Fuster, 7, 07006 Palma (Illes Balears).
Se le advierte de que transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se
entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del
plazo señalado.
Asimismo, se le informa de que, de conformidad con el artículo 112.3 de Ley
58/2003, de 17 de diciembre. Cuando el inicio de un procedimiento o cualquiera de sus
trámites se entiendan notificados por no haber comparecido el obligado tributario o su
representante, se le tendrá por notificado de las sucesivas actuaciones y diligencias de
dicho procedimiento, y se mantendrá el derecho que le asiste a comparecer en cualquier
momento del mismo. No obstante, las liquidaciones que se dicten en el procedimiento y
los acuerdos de enajenación de los bienes embargados deberán ser notificados con
arreglo a lo establecido en esta Sección.
cve: BOE-N-2025-69118874232dd0a64e43a4580195bc7089570f3b
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Nº Expediente NIF