Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Almería. (BOE-N-2025-428725)
ÁREA DE FUNCIÓN PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento de Expediente de incoación de Caducidad de las Inscripciones Padronales de los Extranjeros no Comunitarios sin autorización de residencia de larga duración, al no constar su renovación, por ser desconocidos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
ÁREA DE FUNCIÓN PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de
10 de junio de 2025 en procedimiento de Expediente de incoación de Caducidad de las
Inscripciones Padronales de los Extranjeros no Comunitarios sin autorización de
residencia de larga duración, al no constar su renovación, por ser desconocidos.
ID: N2500434072

EDICTO
La Concejalía de la Delegación de Área de Función Pública y Seguridad Ciudadana
del Excmo. Ayuntamiento de Almería, en virtud de la delegación de competencias de la
Excma. Sra. Alcaldesa mediante Resolución de fecha diecinueve de junio de dos mil
veintitrés, ha dictado Resolución con fecha 09/06/2025 y número 2025002253, mediante
la que se incoa expediente, por ser desconocidos.
Referencia: 0070/2025/4.
La Resolución, es del siguiente tenor literal:

Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 15 y 16.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril
Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Ayuntamiento podrá declarar la
caducidad de las inscripciones padronales de los Extranjeros no Comunitarios sin
autorización de residencia permanente, cuando hayan transcurrido dos años desde su
inscripción sin que se hubiese renovado la misma o desde la última renovación y, todo
ello sin necesidad de audiencia previa del interesado.
Que en este mismo sentido se pronuncia la Resolución de 29 de abril de 2020, de la
Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal, en su Norma 6º, recoge:
“Procedimiento de renovación y caducidad de las inscripciones padronales de los
extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración
(ENCSARP), que son renovadas cada dos años; dice: “El artículo 16 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece la renovación
periódica, cada dos años, de las inscripciones padronales de los extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente (actualmente denominada de
larga duración) (en adelante ENCSARP) y su caducidad en caso de no llevarse a cabo
tal renovación.” Asimismo en su apartado 8 establece que: “El procedimiento para
acordar las bajas por caducidad de las inscripciones de los ENCSARP que no hayan
renovado su inscripción en el plazo de dos años será mediante Resolución motivada del
Alcalde (o personas en quien delegue) para declarar la caducidad de la inscripción y

cve: BOE-N-2025-6c0c90c5076385381767b5213b3db105fa8a64d1
Verificable en https://www.boe.es

Que el marco normativo básico del Padrón Municipal de Habitantes lo integra, el
Capítulo I. Arts. 12 a 18 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y el R.D. 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.