Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Puebla Del Río, La. (BOE-N-2025-429915)
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Propuesta Resolución Procedimiento Sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DEL RÍO, LA
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Propuesta Resolución
Procedimiento Sancionador.
ID: N2500426866
DON FEDERICO PALOMEQUE BIZCOCHO, ALCALDE-PRESIDENTE
FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DEL RIO (SEVILLA).-
EN
HACE SABER: Que por la Instructora del procedimiento sancionador que se instruye
a D. Mario Badolato Martínez, se ha emitido la propuesta de resolución que transcrita
literalmente dice así:
“Esta Instructora, en relación con el expediente que se está tramitando en este
Ayuntamiento contra D. Mario Badolato Martínez, en virtud de denuncia de la Policía
Local de fecha 03-03-2025, por infracción tipificada como grave en el artículo 20.19 de la
Ley 13/1999, de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
de Andalucía.
Vista la siguiente documentación:
-Acta-Denuncia de la Policía Local de fecha 03-11-2024.
-Resolución de Alcaldía nº 266 de fecha 03/03/2025, por la que se ordena la
incoación de procedimiento sancionador.
-Notificación a la interesada en fecha 10/03/2025.
Visto cuanto antecede y de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley
39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común, formulo la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Considerar probado y declarar así el siguiente hecho: “Que durante el
servicio de noche, la patrulla formada por los agentes indicados, realizaban el servicio
por la zona del Bar la Cervecería observando sobre las 3:30 horas del día 3 de
Noviembre de 2024, varios veladores aún en el exterior del establecimiento público con
consumiciones de bebidas y personas aún sentadas en él. Hacer constar que el local
aún estaba abierto con clientes en el interior del mismo y consumiendo bebidas. Los
clientes que estaban en el interior salían fuera para sentarse en los veladores del
exterior”
SEGUNDO.- Declarar que el hecho probado se encuentra tipificado como infracción
grave, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.19 de la Ley 13/1999, de 15
de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
TERCERO.- Imponer a D. Mario Badolato Martínez una sanción de multa por la
cuantía de 750,00 euros, de conformidad con el artículo 22.b) de la citada Ley,
comunicándole la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad, y
proceder al pago voluntario de la misma, con los efectos previstos en el artículo 85 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre:
cve: BOE-N-2025-70b4534d56007a168248b1f82b6b4bdd97644be6
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DEL RÍO, LA
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Propuesta Resolución
Procedimiento Sancionador.
ID: N2500426866
DON FEDERICO PALOMEQUE BIZCOCHO, ALCALDE-PRESIDENTE
FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DEL RIO (SEVILLA).-
EN
HACE SABER: Que por la Instructora del procedimiento sancionador que se instruye
a D. Mario Badolato Martínez, se ha emitido la propuesta de resolución que transcrita
literalmente dice así:
“Esta Instructora, en relación con el expediente que se está tramitando en este
Ayuntamiento contra D. Mario Badolato Martínez, en virtud de denuncia de la Policía
Local de fecha 03-03-2025, por infracción tipificada como grave en el artículo 20.19 de la
Ley 13/1999, de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
de Andalucía.
Vista la siguiente documentación:
-Acta-Denuncia de la Policía Local de fecha 03-11-2024.
-Resolución de Alcaldía nº 266 de fecha 03/03/2025, por la que se ordena la
incoación de procedimiento sancionador.
-Notificación a la interesada en fecha 10/03/2025.
Visto cuanto antecede y de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley
39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común, formulo la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Considerar probado y declarar así el siguiente hecho: “Que durante el
servicio de noche, la patrulla formada por los agentes indicados, realizaban el servicio
por la zona del Bar la Cervecería observando sobre las 3:30 horas del día 3 de
Noviembre de 2024, varios veladores aún en el exterior del establecimiento público con
consumiciones de bebidas y personas aún sentadas en él. Hacer constar que el local
aún estaba abierto con clientes en el interior del mismo y consumiendo bebidas. Los
clientes que estaban en el interior salían fuera para sentarse en los veladores del
exterior”
SEGUNDO.- Declarar que el hecho probado se encuentra tipificado como infracción
grave, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.19 de la Ley 13/1999, de 15
de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
TERCERO.- Imponer a D. Mario Badolato Martínez una sanción de multa por la
cuantía de 750,00 euros, de conformidad con el artículo 22.b) de la citada Ley,
comunicándole la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad, y
proceder al pago voluntario de la misma, con los efectos previstos en el artículo 85 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre:
cve: BOE-N-2025-70b4534d56007a168248b1f82b6b4bdd97644be6
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Núm. 142