Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Gelida. (BOE-N-2025-428836)
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Edicto sobre la notificación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Los servicios técnicos municipal considera que sí que se ha dado debido
cumplimiento.
En cumplimiento de aquello que disponen los artículos 87 del Decreto 64/2014, de 13
de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad
urbanística y 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
común de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, se le
concede un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de
este escrito, para que pueda formular las alegaciones y presentar los justificantes que
considere adecuados en defensa de sus derechos.
¡
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el plazo máximo de un mes
a contar del día siguiente a la notificación.
Agotada la vía administrativa, se puede interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona, en
conformidad con el artículo 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo máximo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la desestimación presunta del recurso interpuesto.
cve: BOE-N-2025-ba7ae0452de991de808d45ee3bfea20ca90297fd
Verificable en https://www.boe.es
Gelida, 9 de junio de 2025.- Lluís Valls Comas (Alcalde)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Los servicios técnicos municipal considera que sí que se ha dado debido
cumplimiento.
En cumplimiento de aquello que disponen los artículos 87 del Decreto 64/2014, de 13
de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento sobre protección de la legalidad
urbanística y 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
común de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, se le
concede un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de
este escrito, para que pueda formular las alegaciones y presentar los justificantes que
considere adecuados en defensa de sus derechos.
¡
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el plazo máximo de un mes
a contar del día siguiente a la notificación.
Agotada la vía administrativa, se puede interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona, en
conformidad con el artículo 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo máximo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la desestimación presunta del recurso interpuesto.
cve: BOE-N-2025-ba7ae0452de991de808d45ee3bfea20ca90297fd
Verificable en https://www.boe.es
Gelida, 9 de junio de 2025.- Lluís Valls Comas (Alcalde)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X