Administración Local. Gipuzkoa. Ayuntamiento De Oiartzun. (BOE-N-2025-429184)
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio del padron municipal de habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIPUZKOA
AYUNTAMIENTO DE OIARTZUN
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento Baja de oficio del padron
municipal de habitantes.
ID: N2500431908

ANUNCIO
La Alcaldesa mediante Decreto nº 958, de fecha 26/05/2025, ha adoptado la
siguiente resolución:
El Ayuntamiento ve necesario iniciar el expediente de baja en el padrón de
habitantes de las personas con NIE nº Y3128869D, Y4471162E, Y9391055P y
Y8797066V, empadronadas en Oiartzun.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de
julio, los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción incorrecta, a las personas
que se encuentren empadronadas sin cumplir los requisitos establecidos en el artículo 54
de dicho Reglamento, previa audiencia del correspondiente expediente.
En el ejercicio de las facultades que me otorga el Reglamento de Régimen Local
HE RESUELTO

Segundo.- Conceder un plazo de quince días para que formulen alegaciones y
presenten los documentos y pruebas que estimen pertinentes para acreditar su
empadronamiento en este municipio, o, en su caso, para que comuniquen el municipio al
que se han trasladado.
Tercero.- En caso de no presentar alegaciones, remitir copia del expediente a la
Delegación del Consejo de Empadronamiento para que emita informe sobre la baja en el
Padrón de Habitantes y, si emitiera informe favorable, dar de baja de oficio.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno por tratarse de un
acto de trámite, salvo en los supuesto previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
es decir, cuando decidan directa o indirectamente sobre el fondo del asunto, determinen
la imposibilidad de continuar con el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio
irreparable a intereses legítimos, en cuyo caso podrá presentar recurso de reposición, en
el plazo de un mes, por los motivos de nulidad y anulabilidad contemplados en los
artículos 47 y 48 de la misma ley. Para el caso de los restantes actos de trámite podrá
alegarse oposición para su consideración en la resolución que ponga fin al
procedimiento.
La presente notificación se realiza a través de publicación, en virtud de lo previsto en
el artículo 44 de la ley 39/2015 del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo

cve: BOE-N-2025-7ac5b5377fd82437b6adf2246c3d45fd4f98ae25
Verificable en https://www.boe.es

Primero.- Iniciar el expediente de baja de las personas con NIE nº Y3128869D,
Y4471162E, Y9391055P y Y8797066V en el Padrón de Habitantes de Oiartzun, por
inscripción incorrecta.