Administración Local. Salamanca. Ayuntamiento De Salamanca. (BOE-N-2025-429824)
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento sancionador por infracción a la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana y Gestión de Residuos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SALAMANCA
AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento sancionador por
infracción a la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana y Gestión de Residuos.
ID: N2500424117

Expediente: 130/2025/ESMA
70904010R
La Concejala Delegada, miembro de la Junta de Gobierno Local, con fecha 13 de
mayo de 2025 ha tenido a bien autorizar la siguiente PROPUESTA DE LA INSTRUCTOR
del expediente sancionador incoado al/a titular del documento identificativo de referencia,
relativa a declaración de existencia de infracción de carácter LEVE a la Ordenanza
Municipal de Limpieza Urbana y Gestión de Residuos, que se remite al Boletín Oficial del
Estado para su inserción, al amparo de lo establecido por el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, por haber resultado imposible practicar la notificación en el
domicilio señalado a tales efectos, procediendo a la notificación mediante edictos:

Los Servicios Técnicos Municipales, han elevado a esta Alcaldía Informe emitido por
la Instructor del expediente sancionador con fecha 7 de mayo de 2025, en relación con el
expediente sancionador incoado a D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX, en virtud del acuerdo
de iniciación de fecha 6 de marzo de 2025, por el cual se acordaba incoar expediente
sancionador contra aquel por la presunta comisión de una INFRACCIÓN DE CARÁCTER
LEVE a la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana y Gestión de Residuos, consistente
en satisfacer las necesidades fisiológicas en o hacia la vía pública y lugares asimilados.
No se han realizado alegaciones por parte del interesado durante el plazo concedido
al efecto, procediendo en consecuencia considerar la existencia de la infracción
imputada en los términos expresados en el referido acuerdo de iniciación, imponiéndose
como SANCIÓN UNA MULTA por importe de QUINIENTOS EUROS (500 euros).
Por lo expuesto, vistas las actuaciones practicadas y de conformidad con lo
establecido en la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana y Gestión de Residuos, la
Instructor que suscribe propone a la Concejala Delegada, miembro de la Junta de
Gobierno Local, que adopte el siguiente ACUERDO: DECLARAR LA EXISTENCIA DE
UNA INFRACCIÓN DE CARÁCTER LEVE contemplada en los artículos 19, 58.9) y
61.1.a) de la referida Ordenanza Municipal, imponiendo a D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX
como SANCIÓN UNA MULTA por importe de QUINIENTOS EUROS (500 euros). ”
Lo que notifico a Ud. indicándole que contra esta Resolución que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el
Alcalde en el plazo de un mes (art. 124 de la Ley 39/2015). En caso de no interponer el
Recurso de Reposición, podrá formular Recurso Contencioso-Administrativo ante el

cve: BOE-N-2025-78fd9b862e1300ed25ccfb6c5d0b2b6442f37bfb
Verificable en https://www.boe.es

“PROPUESTA DE LA INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR INCOADO
A D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX, SOBRE DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE
INFRACCIÓN DE CARÁCTER LEVE A LA ORDENANZA MUNICIPAL DE LIMPIEZA
URBANA Y GESTIÓN DE RESIDUOS.