Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Arrigorriaga. (BOE-N-2025-428951)
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón municipal de habitantes (Decretos de alcaldía de 13 de mayo de 2025).
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón
municipal de habitantes (Decretos de alcaldía de 13 de mayo de 2025).
ID: N2500424869
No se ha podido notificar de forma expresa a la persona interesada la resolución que
a continuación se recoge por desconocerse el lugar donde reside en la actualidad:
Nº documento
***9759**
***2601**
***9636**
*****1193
Se hace pública la presente resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
ANTECEDENTES:
Ha sido solicitada a este Ayuntamiento la baja en el Padrón de Habitantes de las
personas relacionadas en el apartado abajo anexo, por causa de inscripción indebida ya
que no residen en el domicilio en el que constan empadronadas.
El artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio del Padrón
de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que figuren empadronadas y no
cumplan los requisitos establecidos en el artículo 54 de dicho Reglamento.
Por todo lo anterior, y en virtud de las atribuciones que me confiere la legalidad
vigente,
HE RESUELTO:
Primero: Iniciar el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
de cada una de las personas que se señalan a continuación, debido a que no residen en
el domicilio en el que constan empadronadas.
Segundo: Cada una de dichas personas dispone de un plazo máximo de 10 días
para realizar alguna de las siguientes acciones:
- Acreditar ante este Ayuntamiento que su inscripción del padrón de habitantes es
correcta en la dirección señalada,
- Comunicar el municipio al que haya trasladado su residencia, o bien,
- Alegar lo que considere oportuno.
cve: BOE-N-2025-22d57e4d0d0b1ab255ab874279d24f7a828027fa
Verificable en https://www.boe.es
EI Ayuntamiento ha verificado este hecho mediante informe de la Policía Local.
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón
municipal de habitantes (Decretos de alcaldía de 13 de mayo de 2025).
ID: N2500424869
No se ha podido notificar de forma expresa a la persona interesada la resolución que
a continuación se recoge por desconocerse el lugar donde reside en la actualidad:
Nº documento
***9759**
***2601**
***9636**
*****1193
Se hace pública la presente resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
ANTECEDENTES:
Ha sido solicitada a este Ayuntamiento la baja en el Padrón de Habitantes de las
personas relacionadas en el apartado abajo anexo, por causa de inscripción indebida ya
que no residen en el domicilio en el que constan empadronadas.
El artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio del Padrón
de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que figuren empadronadas y no
cumplan los requisitos establecidos en el artículo 54 de dicho Reglamento.
Por todo lo anterior, y en virtud de las atribuciones que me confiere la legalidad
vigente,
HE RESUELTO:
Primero: Iniciar el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
de cada una de las personas que se señalan a continuación, debido a que no residen en
el domicilio en el que constan empadronadas.
Segundo: Cada una de dichas personas dispone de un plazo máximo de 10 días
para realizar alguna de las siguientes acciones:
- Acreditar ante este Ayuntamiento que su inscripción del padrón de habitantes es
correcta en la dirección señalada,
- Comunicar el municipio al que haya trasladado su residencia, o bien,
- Alegar lo que considere oportuno.
cve: BOE-N-2025-22d57e4d0d0b1ab255ab874279d24f7a828027fa
Verificable en https://www.boe.es
EI Ayuntamiento ha verificado este hecho mediante informe de la Policía Local.