Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Blanes. (BOE-N-2025-429195)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento relativo a la resolución del expediente BCA/2025/4 de baja por caducidad en el padrón municipal de habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE BLANES
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento relativo a la resolución
del expediente BCA/2025/4 de baja por caducidad en el padrón municipal de habitantes.
ID: N2500434376

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17, 18 i 21 de la Ley 7/1985
de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, el día 6 de mayo de 2025 la Concejala
de la Oficina de
Atención al Ciudadano y Padrón ha dictado resolución que declara la caducidad de la
inscripción
padronal y acuerda la baja en el padrón municipal de habitantes de las personas que
constan en el
anexo, por haber transcurrido el plazo de dos años sin que se haya formalizado la
renovación de la
inscripción padronal a la que están obligados los ciudadanos extranjeros no
comunitarios sin
autorización de residencia de larga durada. En el caso de que se acuerde la baja de
menores de
edad, se hace referencia a sus representantes legales.
Habiéndose intentado la notificación de la resolución en el domicilio declarado por las
personas
interesadas que figuran en este edicto, ésta no se ha podido practicar, por lo que se
procede a su
publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios municipal, en
cumplimiento con
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse en
el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación,
recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado contencioso administrativo de la
provincia de Girona que
corresponda, no obstante, si se estima oportuno, se podrá interponer recurso
potestativo de

cve: BOE-N-2025-c890d612723dba7d07d9db1271d9827264182d8b
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 142